México.- El dueño del restaurante “La Polar”, ubicado en la colonia San Rafael, de la alcaldía Cuauhtémoc, impuso una demanda de amparo para evitar la clausura del establecimiento, misma que procedió tras el asesinato del cliente Antonio Monroy en sus instalaciones el pasado 8 de enero. Sin embargo, este jueves un juez en materia administrativa negó dicha petición.
El impartidor de justicia se negó a aceptar a trámite un juicio de amparo promovido por La Polar, contra la clausura del establecimiento, ordenada por la alcaldía Cuauhtémoc y el Instituto de Verificación Administrativa (INVEA). El juez señaló:
De la lectura integral del escrito de demanda se advierten irregularidades que impiden admitir a trámite de conformidad con los requisitos previstos por los artículos 108 y 110, segundo párrafo, de la Ley de Amparo.
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Del análisis de la demanda, el Juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México señaló que hay ciertas irregularidades en el proceso, ya que el abogado de La Polar alegó que acudía al juicio de amparo en representación de la empresa y en la suya propia, por lo que el juez enfatizó que “no se observa, con claridad, la razón por la que dicha persona podría promover este juicio de amparo”
Adicional a esto, la demanda de amparo se puso como autoridades responsables a la alcaldía Cuauhtémoc y al Instituto de Verificación Administrativa (INVEA), a los cuales se les atribuyen los mismos actos de autoridad, lo que no es posible desde el punto de vista de juzgado, pues agregan:
Derivado de lo anterior, se advierte una situación que impide fijar la litis constitucional, puesto que la parte quejosa es omisa en señalar, de manera específica, cuáles son los actos que específicamente reclama de cada una de las autoridades.
El titular Juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa fijó un plazo de cinco días a La Polar para aclarar si es su deseo promover el juicio de amparo en que se actúa, pues aclarada esta información se determinará es procedente o no el trámite.
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Asimismo, requirió a la alcaldía Cuauhtémoc y al INVEA de la Ciudad de México, para que en 24 horas informen las razones por las cuáles se inició el procedimiento administrativo de verificación en perjuicio del establecimiento mercantil mencionado.