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La CDHDF presenta un recurso de "amigos de la corte" ante CIDH

La emisión de la opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en materia de personas jurídicas, será pieza clave para que los Estados de la región fortalezcan el ejercicio de los derechos humanos

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Ciudad de México.- La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) aboga a
través de un recurso de “amigos de la corte” ante el sistema
interamericano, en favor del reconocimiento de la titularidad de las
personas jurídicas de determinados derechos consagrados en la Convención
Americana sobre Derechos Humanos, tales como la personalidad jurídica,
el debido proceso, la igualdad, libertad de expresión, propiedad, acceso
a la justicia, libre asociación y seguridad jurídica, considerando “el
objeto y fin de la persona jurídica, siempre que este contribuya al fin
último del Sistema Interamericano de protección de derechos humanos,”
explica el organismo.El pasado 25 de junio, la Corte
Interamericana de Derechos Humanos (COIDH), realizó una audiencia
pública para determinar “si es posible reconocer la titularidad de
derechos humanos a las personas jurídicas con base en los cuales puedan
acudir ante el Sistema Interamericano, ya sea porque éstas sean
titulares de derechos de forma genérica o respecto de algunos derechos
específicos, o bien, porque estén compuestas por personas físicas
asociadas a esas entidades.”En la audiencia pública
sobresalieron dos posturas. La primera “rechaza” que las personas
jurídicas puedan ser titulares de derechos humanos de conformidad con el
sentido literal del término “persona” definido como “todo ser humano”
en el Artículo 1.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos
(CADH); defensores manifestaron su rechazo a una interpretación
extensiva de dicho artículo.La segunda “acepta” que las personas
jurídicas puedan ser consideradas como titulares de algunos derechos
humanos cuando éstas actúen como medio o instrumento para hacer
efectivos los derechos de las personas físicas, tomando en cuenta la
labor y los fines que persigue la persona jurídica, como son los pueblos
indígenas, sindicatos, medios de comunicación y partidos políticos.
Esta última posición fue adoptada por la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos, manifestando que en principio la titularidad de
derechos de las personas jurídicas debe ser reconocida cuando se tutela
el derecho a la libertad de expresión, pero en relación a otros derechos
debe realizarse un análisis caso por caso.En el Amicus Curiae
enviado a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la CDHDF
identifica dos criterios para el reconocimiento de derechos humanos a
las personas jurídicas: cuando desarrollan labores con fines sociales,
de interés público o de defensa, promoción y protección de los derechos
humanos; y cuando se da el reconocimiento de ciertos derechos propios a
la naturaleza de las personas jurídicas, que estén encaminados a
proteger su objeto social, que aparezcan como instrumento necesario para
la consecución de la finalidad que persiguen y que desde una visión
constitucional tengan reconocimiento expreso o implícito de la
titularidad de las personas jurídicas a determinados derechos
fundamentales.La emisión de la opinión consultiva de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos, en materia de personas jurídicas,
será pieza clave para que los Estados de la región fortalezcan el
ejercicio de los derechos humanos; por tal motivo la Comisión de
Derechos Humanos del Distrito Federal estará al pendiente del
pronunciamiento de la Corte, concluye la CDHDF en un comunicado.TJ

Fuente: Internet

Fotografía de perfil de Liz Douret

Liz Douret

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