México.- El Diario Oficial de la Federación, publicó este miércoles algunos cambios a sus leyes para que se reconozcan oficialmente a las personas trabajadoras del hogar y garantizar sus derechos laborales, que tengan acceso a la ley del seguro social.
“Se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, en materia de personas trabajadoras del hogar”, se decretó en la versión vespertina del Diario Oficial de la Federación.
Los cambios a la Ley del IMSS se enviaron por el Congreso mexicano para su publicación oficial en el DOF desde el pasado 27 de octubre, con la incorporación de un nuevo capítulo denominado “De las Personas Trabajadoras del Hogar”.
Con esta modificación se garantiza el acceso al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), en los que se incluyen servicios como la atención médica, farmacéutica y sobre todo, que reciban atención hospitalaria.
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Las modificaciones aprobadas por los legisladores mexicanos definen a la persona trabajadora del hogar como quien, de manera remunerada, realiza actividades de cuidados, aseo, asistencia o cualquier otra actividad relacionada al hogar, en el marco de una relación laboral que no aporte para la persona empleadora beneficio económico directo.
Por otro lado, indica las obligaciones a las que se comprometen las personas empleadoras de las personas trabajadoras del hogar, como el requisito de inscribirlas formalmente en la economía mexicana, de informar del inicio y conclusión de su relación con el carácter laboral.
Es importante saber que el Instituto Mexicano del Seguro Social, calculará las cuotas obrero patronales correspondientes que deberán entregarse para su aseguramiento y prevé que puedan otorgarse incapacidades médicas, días de vacaciones y descanso en términos de la Ley Federal del Trabajo de México.
Sin embargo, señalan que la seguridad social de las personas trabajadoras del hogar se termina cuando concluye la relación laboral que le dio origen, para lo cual la persona empleadora deberá presentar el aviso de baja correspondiente ante las estancias correspondientes.
Las modificaciones también señalan que no se ubican en esta figura laboral a quienes realicen trabajo del hogar únicamente de forma ocasional o esporádica o un lugar ajeno al domicilio del patrón, quienes podrán inscribirse como trabajadores independientes.
Estos cambios a las leyes mexicanas entran en vigor este jueves y otorgan 180 días naturales al IMSS para realizar las modificaciones que requiera a fin de garantizar la debida operación de estas nuevas disposiciones.