México. La pensión de ascendientes es un beneficio dirigido a padres de trabajadores asegurados o pensionados fallecidos, siempre que cumplan con determinados requisitos establecidos y no existan otros familiares con prioridad legal para recibir el recurso económico.
Este derecho aplica para el padre o la madre del asegurado fallecido cuando no haya cónyuge, hijos, concubina o concubinario con derecho a una pensión derivada del mismo caso. Además, la solicitud requiere demostrar la relación familiar y la dependencia económica que existía con la persona fallecida.
Requisitos indispensables para obtener la pensión
Entre las condiciones necesarias se encuentra acreditar el vínculo filial con el asegurado o pensionado, comprobar que existía dependencia económica y verificar que no haya otros beneficiarios directos con derecho preferente al apoyo.
También es necesario que el asegurado hubiera acumulado al menos 150 semanas de cotización al momento del fallecimiento y que se encontrara vigente o dentro del periodo de conservación de derechos en seguros relacionados con invalidez, retiro, cesantía en edad avanzada o vejez.
Te puede interesar leer: Pensión por incapacidad permanente: quiénes pueden acceder y cuáles son los requisitos
En casos donde el fallecimiento derive de un riesgo laboral, será obligatorio contar con el documento denominado “Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgos de Trabajo ST-3”, emitido por los Servicios Médicos Institucionales.
¿Qué documento adicional se exige cuando la muerte ocurrió por un accidente o riesgo de trabajo?
Cuando el fallecimiento del asegurado esté relacionado con actividades laborales o accidentes de trabajo, los solicitantes deberán presentar el dictamen ST-3 expedido por autoridades médicas institucionales, documento que respalda oficialmente la causa de muerte vinculada al riesgo laboral.
La dependencia económica es uno de los criterios más importantes
Además de acreditar parentesco, uno de los factores determinantes para acceder a la pensión de ascendientes es demostrar que el padre o la madre dependían económicamente del asegurado fallecido. Sin este requisito, aun existiendo relación familiar directa, el beneficio puede no proceder.