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Día de la Candelaria 2026: ¿descanso obligatorio o laborable según la ley?

La Ley Federal del Trabajo establece que el lunes 2 de febrero se descansa, generando un “puente” laboral para trabajadores del sector público y privado

Día de la Candelaria 2026: ¿descanso obligatorio o laborable según la ley?
Línea Directa | El lunes 2 de febrero de 2026 será descanso obligatorio en México por el aniversario de la Constitución, no por la Candelaria

México. Cada inicio de febrero, trabajadores y empleadores se cuestionan si deben suspender actividades con motivo del Día de la Candelaria, el 2 de febrero. Aunque la festividad es ampliamente celebrada en México con tamales y otras tradiciones populares, la respuesta no se encuentra en la tradición, sino en la Ley Federal del Trabajo (LFT).

De acuerdo con la legislación laboral mexicana, no todas las celebraciones religiosas o culturales son motivo de descanso obligatorio. La LFT establece un calendario claro de días de suspensión de labores que aplica tanto al sector público como al privado, con ciertas excepciones para actividades esenciales que no pueden detenerse.

Para 2026, el lunes 2 de febrero será efectivamente un día de descanso obligatorio, pero su motivo no está relacionado con el Día de la Candelaria. La LFT dispone que el aniversario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, promulgada el 5 de febrero de 1917, se recorra al primer lunes de febrero cuando esta fecha cae entre martes y viernes, con el fin de promover fines de semana largos. Este ajuste legal convierte al lunes 2 en el día de asueto oficial, mientras que el 5 de febrero, jueves, se mantiene como una fecha conmemorativa sin descanso obligatorio.

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El ajuste previsto por la LFT significa que el descanso aplica para todos los trabajadores que están sujetos a la ley, salvo en sectores que requieren operaciones continuas, como hospitales, transporte o servicios de emergencia. Así, mientras muchos disfrutarán de un puente laboral, algunas personas deberán cumplir con sus funciones habituales, siguiendo las excepciones contempladas por la norma.

Entonces, ¿el 2 de febrero se descansa por el Día de la Candelaria?

La respuesta es no. Aunque coincide con la tradicional festividad, la suspensión laboral se debe exclusivamente al ajuste de la LFT por el aniversario de la Constitución. La ley no reconoce el Día de la Candelaria como día de descanso obligatorio, por lo que cualquier referencia a “puente” o asueto en esta fecha está vinculada únicamente a la conmemoración cívica y a la política de fines de semana largos.

¿Qué pasa si se trabaja en un día de descanso obligatorio?

Los trabajadores que deban laborar el lunes 2 de febrero tienen derecho a recibir un pago especial. Según el artículo 75 de la LFT, se les pagará su salario habitual más un adicional doble, es decir, un pago triple en total por la jornada, siempre que la actividad laboral sea una de las permitidas bajo la ley. Esta medida busca compensar a quienes trabajan en días que la mayoría tiene libres, asegurando que no se vea afectada la economía de los empleados obligados a laborar.

 

Fuente: Línea Directa

Fotografía de perfil de Perla Rodríguez Contreras

Perla Rodríguez Contreras

Editor de Contenidos

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