México.- La producción de cemento, acero y vidrio que de inicio no habían sido contempladas como actividades esenciales, pasaron a formar parte de ese catálogo, luego de la modificación del acuerdo del Consejo General de Salubridad.
El cambio de dicho acuerdo fue publicado en la edición vespertina de este lunes 6 de abril en el Diario Oficial de la Federación.
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Para empresas cuya suspensión pueda tener efecto irreversible para su operación se establece el acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2
“Empresas de producción de acero, cemento y vidrio, así como los servicios de tecnología de la información que garanticen la continuidad de los sistemas informáticos de los sectores público, privado y social”, dice el acuerdo.
Las empresas de producción de acero, cemento y vidrio mantendrán una actividad mínima que evite efectos irreversibles en su operación; para ello deberán informar a la Secretaría de Economía en un término no mayor a 24 horas a partir de la publicación de los presentes lineamientos, el número total de trabajadores que para dicho efecto resulte indispensable.
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Estas empresas deberán cumplir con las prácticas señaladas en la fracción III, del Artículo Primero del Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2.
“Aquellas empresas de producción de acero, cemento y vidrio que tengan contratos vigentes con el Gobierno Federal, continuarán las actividades que les permitan cumplir con los compromisos de corto plazo exclusivamente para los proyectos de Dos Bocas, Tren Maya, Aeropuerto Felipe Ángeles, Corredor Transísmico; así como los contratos existentes considerados como indispensables para Petróleos Mexicanos y la Comisión Federal de Electricidad”, establece. (GR)