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Declaración anual de personas físicas: La que si no te quita, ¡te da dinero! ¿Listos para presentarla?

Con abril comienza el proceso para que presentes tu declaración anual al SAT y con ello, cumplir con tus obligaciones fiscales ¿Quiénes están obligados? Aquí el dato

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SAT | Foto: Archivo Línea Directa

México.- Sí, la declaración anual además de ser una obligación para millones de mexicanos asalariados, también da la oportunidad de poder recibir algo de lo que los impuestos “te quitaron” durante todo un año.

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Y aunque el temor de que el saldo te salga en contra, éste debe ser menor al que debía darte el no cumplir con esta obligación de ley, ya que posteriormente las repercusiones económicas o legales, pueden ser mucho más fuertes.

¿Cuándo y quiénes deben presentar la declaración anual ante el SAT?
Será durante el mes de abril cuando las personas física, en donde nos concentramos la mayor parte de los mexicanos asalariados debemos realizar este proceso; así que si todavía tienes dudas checa lo siguiente.

De acuerdo a la información que presenta el propio Servicio de Administración Tributaria, las personas físicas OBLIGADAS a presentar su declaración son las siguientes, toma en cuenta esto y a cumplir:

– Trabajadores independientes por honorarios.
– Quienes hayan percibido ingresos anuales mayores de 400 mil pesos.
– Los que recibieron ingresos de dos patrones, aun cuando no sean mayores a 400 mil pesos.
– Quienes hayan percibido ingresos por liquidación, indemnización laboral, pensión o jubilación.
– Quienes cobran rentas de algún inmueble.
– Quienes hayan ganado algún premio (como la Lotería).

En la declaración anual ante el SAT das aviso de la información referente a tus ingresos, deducciones autorizadas y personales, retenciones, así como tus pagos provisionales

Ahora bien, en estos momentos el SAT mantiene el SIMULADOR mediante el cual puedes ir checando la información precargada, solicitar correcciones o añadir algunas facturas que no estén en el archivo.

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Si estuviste de acuerdo lo que viste en el simulador, puedes guardar el documento y una vez que se abra el proceso desde el primer minuto del mes de abril puedes enviarla y cumplir, y dos cosas pueden pasar: Que te de saldo a favor o en contra.

¿Qué es el saldo a favor que indica mi declaración que voy a tener?: Cuando tengas saldo a favor podrás solicitar las devoluciones que te correspondan. Esto ocurre cuando al efectuar el cálculo de tus impuestos, resulta que pagaste más de lo que debías, por lo que puedes solicitar ante el SAT que te sea devuelta la cantidad. En este caso, deberás agregar una cuenta clave bancaria y ¡recibirás el dinero por parte del SAT.

En cambio, si tuviste saldo en contra: Esto se pudo deber a varios favores, si durante el 22 tuviste dos patrones, eres asalariado y recibiste ingresos extra, si no hiciste deducciones o las que realizaste no fueron suficientes, puede que tengas deudas con tus impuestos o hayas omitido declaraciones anuales anteriores. En este caso deberás ¡pagar al SAT tus excesos!

Recuerda que hay varias cosas que debiste deducir solicitando facturas, como: Gastos médicos, funerales, escolares e incluso, por el pago de tu vivienda si tienes un crédito con algúna institución.

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Fuente: Línea Directa

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Alma Rosa Aguirre Lugo

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