Ciudad de México. – En las próximas fechas regresará la licencia de conducir permanente a la Ciudad de México (CDMX), esto como parte de las propuestas de la ahora jefa de gobierno capitalino, Clara Brugada, pero ¿qué es y quiénes sí y quiénes no podrán tramitar este permiso para conducir?
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Desde su campaña como candidata a la gubernatura de la Ciudad de México, Clara Brugada prometió que regresará la licencia de conducir permanente; es decir, un documento que los capitalinos pueden obtener por tiempo indefinido después de pagarlo solo una vez. ¡Sin necesidad de gastar para una renovación! Implementado por Andrés Manuel López Obrador durante su gestión en el entonces Distrito Federal, y que fue suspendido en 2008.
“El día de hoy voy a enviar una iniciativa al Congreso de la Ciudad para que reforme el Código Fiscal de la CDMX para establecer, como un derecho, la expedición de la licencia permanente”, anunció la jefa de Gobierno Clara Brugada Molina.
A pesar de que esto suene como una maravillosa noticia para los habitantes de la CDMX, tanto la jefa de gobierno como el secretario de Movilidad, Héctor Ulises García Nieto, dieron una serie de especificación y requisitos para que los ciudadanos puedan tramitarla. Misma que tendrá un costo de mil 500 pesos a partir de noviembre del presente año hasta diciembre de 2025.
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No obstante, también se detalló qué usuarios no podrán acceder a la licencia permanente, los cuales aquellos que han sido sancionados al “torito” por el alcoholímetro y las personas que hayan sido sentenciadas por delitos viales graves al conducir.
“Son dos principales requisitos los que dejamos muy claros para la Licencia Permanente, uno de ellos es que no tengan sentencias de delitos graves que tengan que ver con problemas de tránsito; y el otro requisito es que durante el último año no haya tenido sanciones por el programa de “Conduce Sin Alcohol”, esos son los dos requisitos para acceder a la Licencia Permanente”, precisó Clara Brugada en una conferencia de prensa sobre el trámite de las licencias permanentes en la Ciudad de México.
En cambio, aquellos que sí pueden tramitarlo son las personas que tengan vigente su licencia tipo A, no tengan sentencias por un siniestro vial y sin sanciones relacionados al programa “Conduce sin Alcohol”.