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¡Atención pensionados IMSS e ISSSTE! Estos son los casos en que deben declarar ante el SAT

No todas las personas jubiladas están exentas de realizar su declaración anual ante el SAT, a continuación te contamos en qué casos se deberá pagar el impuesto anual durante este mes de abril.

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¡Atención pensionados IMSS e ISSSTE! Estos son los casos en que deben declarar ante el SAT | Línea Directa

México.- Una vez iniciado el mes de abril, el Servicio de Acción Tributaria (SAT) habilita el periodo para que las personas físicas y morales presenten su declaración anual correspondiente al año 2022; y aunque no todos los individuos deben cumplir con esta obligación, hay casos en los que esta declaración fiscal también aplica para algunos pensionados del IMSS y el ISSSTE.

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) señalan que las personas pensionadas están exentas de declarar impuestos, siempre y cuando el monto mensual no supere los 43 mil 299 pesos, por lo que será el dinero que reciban lo que define si presentan o no declaración ante el SAT.

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La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) establece que las personas que reciban pensión deberán presentar su declaración ante el Sistema de Acción Tributaria si entran en alguna de las siguientes condiciones:

– Que el monto de sus ingresos anuales supere los MXN 400 mil.

– Aún y cuando no supere los MXN 400 mil pesos, si tiene dos o más ingresos por concepto de pensión.

– Si además de recibir ingresos por pensión, obtiene ingresos por algún otro régimen como arrendamiento o por actividad empresarial.

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¿Cómo presentar la declaración anual del SAT en este 2023?

Desde el 1 de abril de 2023, las personas físicas están habilitadas para ingresar al portal oficial del SAT, en el apartado “Presenta tu declaración anual de personas físicas”. Una vez allí, deberán dar clic en el botón “Iniciar” e ingresar el RFC y la contraseña o la e.firma.

Luego se deberán llenar los datos solicitados en la declaración, verificarlos y enviarlos. De esa forma, se obtendrá el acuse de recibido.

Fuente: Línea Directa

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Alejandra Bedoya

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