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Anota estas fechas y no vayas al banco; ya hay calendario de días inhábiles para el 2021

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores publicó este jueves 10 de diciembre las fechas en la que se deberán cerrar las puertas y suspender operaciones en el próximo 2021

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México.- Este jueves 10 de diciembre en el Diario Oficial de la Federación, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, presentó las disposiciones de carácter general que señalan los días del año 2021, en que las entidades financieras deberán cerrar sus puertas y suspender operaciones.

En las indicaciones, el documento marca que las instituciones de crédito, casas de bolsa, bolsas de valores, instituciones para el depósito de valores, instituciones calificadoras de valores, contrapartes centrales de valores, bolsas de contratos de derivados, cámaras de compensación de instrumentos de derivados y sus socios liquidadores, fondos de inversión, sociedades operadoras de fondos de inversión, sociedades distribuidoras de acciones de fondos de inversión, sociedades valuadoras de acciones de fondos de inversión, sociedades financieras de objeto múltiple reguladas, sociedades financieras populares, sociedades financieras comunitarias, organismos de integración financiera rural, uniones de crédito, sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, sociedades de información crediticia e instituciones de tecnología financiera deberán cerrar sus puertas, suspender operaciones, así como la prestación de servicios al público en la República Mexicana, los días del año 2021 siguientes:

I. El 1 de enero.
II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero, es decir, el 1 de febrero.
III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo, es decir, el 15 de marzo.
IV. El 1 y 2 de abril.
V. El 1 de mayo.
VI. El 16 de septiembre.
VII. El 2 de noviembre. Adicionalmente, el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre, es decir, el 15 de noviembre.
VIII. El 12 y 25 de diciembre.
IX. Los sábados y domingos.

Establece además, que los almacenes generales de depósito y casas de cambio podrán abrir sus puertas, operar y prestar servicios al público todos los días del año 2021, siempre que se ajusten a las disposiciones.

Sobre el resto de las entidades financieras, instituciones y organismos objeto de la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, no estarán sujetos a estas disposiciones.

Cabe recordar que el próximo 12 de diciembre se celebra el Día del Banquero, y aquellas sucursales que regularmente abren ese día, no estarán operando.

En bancos integrados a centros comerciales sí habrá actividad y en aplicaciones móviles.

Consulta aquí las disposiciones de la Comisión Nacional Bancaria publicado en el Diario Oficial de la Federación

Fuente: Internet

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Alma Rosa Aguirre Lugo

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