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Aerolíneas deberán compensar a pasajeros afectados por fallas de Microsoft: Profeco

Las aerolíneas han exhortado a las aerolíneas a mantener a los pasajeros oportunamente informados sobre el estatus de sus vuelos y brindarles protecciones de ley.

Aerolíneas deberán compensar a pasajeros afectados por fallas de Microsoft: Profeco
Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) | Foto: X

México.- La falla en los sistemas informáticos que este viernes 19 de julio afecta a diversos servicios a nivel mundial, está teniendo un impacto mucho mayor en el transporte aéreo, pues miles de personas se abarrotan actualmente en los aeropuertos nacionales e internacionales con la esperanza de que todo se solucione y puedan viajar a sus destinos lo más pronto posible.

Sin embargo, ante la cantidad de usuarios que se han visto afectados, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) ha solicitado a las aerolíneas mantener a los pasajeros oportunamente informados sobre el estatus de sus vuelos y brindarles protecciones de ley en caso de retraso o cancelación.

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Según la Profeco, en caso de demoras la ley contempla que el pasajero debe ser indemnizado o compensado por la línea aérea de acuerdo con los siguientes criterios:

-En retrasos superiores a una hora e inferior a cuatro, la aerolínea debe proporcionar como mínimo descuentos para vuelos posteriores hacia el mismo destino o alimentos y bebidas.

-Si la demora es mayor a dos horas, pero menor a cuatro: en caso de descuento, el mismo no debe ser menor a 7.5% del precio del boleto.

Por otro, lado, en caso de retrasos mayores a cuatro horas o la cancelación del vuelo, el pasajero tiene la opción de elegir el reintegro del precio del boleto o la parte no realizada del viaje, más una indemnización no inferior a 25 % del ticket o de la parte no realizada del viaje.

El usuario también tiene la opción de elegir un transporte sustituto en el primer vuelo disponible y en estos casos se le debe proporcionar como mínimo y sin cargo, acceso a llamadas telefónicas y envío de correos electrónicos; alimentos de conformidad con el tiempo de espera que medie hasta el embarque en otro vuelo; alojamiento en hotel del aeropuerto o de la ciudad cuando se requiera pernocta y, en este último caso, transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto.

También existe la posibilidad de optar por un transporte en fecha posterior al mismo destino y una indemnización no inferior a 25% del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje, dio a conocer la Profeco.

Para garantizar el cumplimiento de esto, el pasajero deberá informar a la línea aérea, en el lapso de 24 horas contadas a partir de la hora programada del segmento no utilizado, que hará uso de los segmentos subsecuentes, a través de los medios que la compañía disponga para ello.

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Finalmente, en caso de requerir información o asesoría, así como realizar conciliaciones inmediatas, los consumidores pueden acercarse a los módulos permanentes de la procuraduría en los aeropuertos de la Ciudad de México (AICM), Felipe Ángeles (AIFA), Guadalajara, Cancún y Tulum; o bien, en los módulos temporales de otros aeropuertos con mayor afluencia.

Fuente: Línea Directa

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Alejandra Bedoya

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