Ciudad de México.- Así lo determinó el Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, que sin embargo no otorgó la suspensión provisional, lo que significa que el juez accedió a revisar la constitucionalidad de la norma, aunque esta seguirá vigente para todos sus efectos.El recurso legal fue promovido por Comunicación e Información, S.A., la empresa dueña de la revista ?Proceso? y la agencia de noticias Apro.En su demanda, los quejosos denunciaron que la Ley Reglamentaria del Artículo Sexto Constitucional, sobre Derecho de Réplica, publicado en el Diario Oficial el pasado 4 de noviembre, vulnera en la práctica los derechos de libre expresión y de acceso a la información.Sin embargo, el juez octavo advirtió que suspender la aplicación de esta ley, privaría a la colectividad de los medios legales para ejercer su derecho de réplica, quedando sin defensa ante cualquier vulneración de su derecho a la vida privada, a la honra y al honor, bienes constitucionalmente protegidos.JE
Admiten el primer amparo en contra del derecho de réplica
El recurso legal fue promovido por Comunicación e Información, S.A., la empresa dueña de la revista ?Proceso? y la agencia de noticias Apro.
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