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¿Sigues esperando el saldo a favor? ¡Ojo! Alguien más pudo haberlo recibido por ti

El Servicio de Administración Tributaria emitió una alerta por el gran número de reportes

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México.- Desde el pasado 1 de abril el Servicio de Administración Tributaria inició el proceso de recepción de la declaración anual de personas físicas; el avance en el proceso es considerable indicó el SAT, pero también el número de quejas por robo de datos de autenticación de los contribuyentes. 

Mediante un comunicado, la dependencia federal informó que durante las dos primeras semanas se ha identificado un número considerable de quejas sobre robo y utilización de la Contraseña o firma electrónica (e.firma) por terceras personas.

https://twitter.com/SATMX/status/1516195363169910784

El tema radica en que muchos contribuyentes piden  apoyo a terceros y les proporcionan todos los datos, en algunos casos, los “solidarios” aprovechan y cambian la cuenta clabe o datos para que el saldo a favor les llegue a ellos y no a los contribuyentes. 

El SAT indica que en este delito que cometen terceros de solicitar la devolución de los saldos a favor del impuesto sobre la renta (ISR) con el registro de cuentas bancarias distintas a las de los contribuyentes titulares de los medios de autenticación, se ha detectado mayormente en cuentas aperturadas en BBVA Bancomer, Banco Afirme y Banco Azteca.

¿Qué hacer en caso de estar en esta situación?

1. Presentar su queja o denuncia en: 558 852 2222.
-Desde el extranjero: +52 558 852 2222 (Quejas y denuncias). [email protected]

-En el Portal del SAT: https://sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia
Teléfonos Rojos ubicados en las oficinas del SAT.

2. -Generar o renovar su Contraseña – Otros trámites y servicios – Portal de trámites y servicios – SAT
-Renovar el certificado de su firma electrónica – Otros trámites y servicios – Portal de trámites y servicios – SAT

3. Presentar su declaración complementaria a más tardar 48 horas después de que hayan presentado la primera declaración, a fin de que el SAT esté en posibilidad de detener la transferencia de la devolución a la cuenta desconocida, ya que una vez enviada la instrucción al banco, será irreversible el traspaso. 

https://twitter.com/SATMX/status/1516072622349594624

Esta declaración complementaria tiene que ser del tipo “Dejar sin efecto declaración” y posteriormente presentar una declaración complementaria de tipo “Declaración no presentada”, así como su trámite de devolución vía el Formato Electrónico de Devoluciones.

4. En caso de que la devolución ya haya sido efectuada, el contribuyente debe presentar la denuncia correspondiente ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, dado que solo se pudo haber efectuado la devolución automática si el nombre del titular de la cuenta coincide con el nombre del contribuyente, por lo cual, se presume que sus datos fueron utilizados para crear una cuenta bancaria sin su autorización.

Por lo tanto, el SAT invita a los contribuyentes a no compartir con terceras personas sus medios de autenticación como son la Contraseña o los archivos de su firma electrónica (e.firma). Ambos medios de autentificación producen los mismos efectos legales que la firma autógrafa con igual valor probatorio. 

Para mayor información ingresar a sat.gob.mx, o bien, llamar a MarcaSAT de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 horas y los sábados 23 y 30 de abril, de 9:00 a 14:00 horas. Desde cualquier parte del país 55 6272 2728 y para el exterior del país (+52) 55 6272 2728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx.

Fuente: Internet

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Alma Rosa Aguirre Lugo

Editor de ContenidosFotógrafoReportero

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