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Pensión del IMSS, ¿con cambios por veda electoral? Hay fecha de pago; chécala

Diversos apoyos y programas del Gobierno Federal se suspenderán durante poco más de dos meses, ni becas, ni pensiones, ni otros apoyos se entregarán hasta que la elección concluya ¿pasará lo mismo con el IMSS? 

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México.- El tema de la veda electoral que afectará la proporción de pagos y otros apoyos por parte del Gobierno Federal, tiene a muchos pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social con la duda respecto a si también para ellos habrá adelanto de pagos o futura cancelación. 

Sin embargo, y para tranquilidad de todos los beneficiados con las pensiones del IMSS, estas restricciones que se establecen por ley durante periodo de elecciones, y en este caso por la consulta de revocación de mandato, no les afectarán. 

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Los pensionados del IMSS seguirán recibiendo sus pagos mensualmente tal y como lo indica en sus lineamientos: Los pensionados que reciben su pago de pensión a través del IMSS, cobrarán mensualmente, el primer día hábil de cada mes.

El Instituto detalla además:

•    En caso de que el primer día del mes sea inhábil su pago se realiza el último día hábil del mes anterior.
•    El pago se recibe en la cuenta bancaria a nombre del pensionado que se proporcionó al realizar el trámite de pensión.
•    Los pensionados que reciben su pago a través de una AFORE o aseguradora se sujetarán a las condiciones de pago que estas instituciones dicten.

Así que mientras los pensionados del Bienestar para Adultos Mayores, recibirán hasta dos bimestres de adelanto, los del IMSS seguirán con la entrega mensual que llegará el próximo 28 de febrero, para la correspondiente a marzo de 2022, aunque la recomendación es que pasen al banco a retirar por lo menos dos días después, ya que baje la demanda

Ante el IMSS, las pensiones se dividen en 3 grupos, identifica si perteneces a alguno:

1.    Las pensiones para el asegurado relacionadas con la edad, comprenden cesantía en edad avanzada, vejez y retiro anticipado.
2.    Las pensiones para el trabajador al ocurrirle un accidente de trabajo o padecer una enfermedad comprenden Incapacidad Permanente Parcial o Total e Invalidez.
3.    Las pensiones para los beneficiarios de un trabajador o pensionado, al momento de su muerte comprenden viudez, orfandad y ascendientes.

En caso de tener dudas o algún inconveniente sobre el funcionamiento del programa de pensiones, el Seguro Social puso a disposición el teléfono 800 623 2323, donde los pensionados deberán elegir la opción 3 para ser atendidos.

Fuente: Internet

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Alma Rosa Aguirre Lugo

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