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¿Juan Pablo Gómez Fierro en contra de la 4T? Hoy concedió la primer suspensión al padrón de celulares

Los amparos emitidos en contra del PANAUT solo podrían favorecer a los quejosos en caso de proceder

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El juez federal Juan Pablo Gómez Fierro, quién anteriormente concedió las primeras suspensiones contra la reforma eléctrica de AMLO, hoy concedió la primera suspensión provisional contra el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT) al considerar que la entrega de datos biométricos al gobierno federal puede no ser idónea para la persecución de delitos.

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La medida únicamente beneficia al quejoso, Óscar González Abundis, quien solicitó el amparo contra la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión con la que se obliga a los usuarios de telefonía celular a registrar sus líneas en el PANAUT para que no les sean canceladas por falta de registro.

En la suspensión provisional, pública en los estrados del Juzgado Segundo de Distrito en materia Administrativa especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, el juez Gómez Fierro reconoció que la reforma persigue un fin constitucionalmente legítimo, como lo es facilitar la investigación y persecución de delitos.

“Recordemos que la finalidad del PANAUT es crear una base de datos con información de las personas que sean titulares de una línea telefónica móvil, para el intercambio de información con las autoridades competentes en materia de seguridad y justicia, en asuntos relacionados con la comisión de delitos”, señala el acuerdo de suspensión provisional.

“De un análisis superficial -como el que implica analizar la apariencia del buen derecho- este juez de Distrito advierte que la medida consistente en la entrega de datos personales y biométricos para registrar una línea de telefonía móvil en el PANAUT, podría no ser idónea ni proporcional, ya que no se advierte una relación directa o causal entre la existencia de ese padrón y una mejor investigación y persecución de los delitos, es decir, el grado de realización del fin perseguido no necesariamente será mayor que la afectación a los derechos mencionados previamente, añade.

En consecuencia, el quejoso no estará obligado, por ahora, a registrar su línea telefónica en el PANAUT y las autoridades no podrán cancelar su servicio por la falta de registro.

El juez citó para el próximo 27 de abril para realizar audiencia incidental en la que decidirá si concederá o no la suspensión definitiva.

A diferencia de la reforma para entregar datos biométricos al Gobierno federal, las suspensiones contra la reforma eléctrica tienen efectos generale; es decir, no sólo benefician a los quejosos.

Con información de El Universal.

Fuente: Internet

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