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¿Sabías que puedes solicitar al SAT la devolución de impuestos de años anteriores?

Este proceso que realizas ante el SAT, te permite recuperar las cantidades a tu favor de ISR, IVA, IEPS, entre otras; así que activa la declaración que te puede traer dinero extra

| Internet

México.- Si estás buscando la devolución de impuestos años anteriores ante el SAT, debes saber que esto es posible y te permite recuperar las cantidades a tu favor de ISR, IVA, IEPS, entre otras, y por ende podrías tener la oportunidad de recibir un dinero extra.

Este trámite se presenta 5 años contados a partir de la fecha en que se generó el saldo a favor o el pago de lo indebido, la devolución prescribe en los mismos términos y condiciones del crédito fiscal.

Tema destacado: Si tienes dos patrones o ganaste esta cifra durante el 2020, estás obligado a rendir cuentas al SAT

Recuerda que las personas físicas deben presentar su declaración anual ante el SAT a más tarde el 30 de abril de 2021, si hay devolución automática ésta se realizará si realizaste el proceso en tiempo y forma; si no fue así, no habrá proceso automático y deberás hacerlo manual.

Para solicitar la devolución de tus cantidades a favor, es necesario que:
•    Tengas firma electrónica vigente o e-firma portable.
•    Prepares la información que vas a anexar a tu solicitud de devolución en formato .zip y cuida que cada uno de los archivos no sean mayores a 4 MB.
•    Tengas presentada la declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT) del periodo que se trate, cuando solicites devoluciones de IVA.
•    Prepares el archivo generado con el programa electrónico F3241, disponible en el portal del SAT, llenando los anexos correspondientes de conformidad al impuesto que solicitas; siempre y cuando seas contribuyente competencia de la Administración General de Grandes Contribuyentes, Administración General de Hidrocarburos o dictamines tus estados financieros.
•    Proporciones estado de cuenta expedido por la Institución Financiera que no exceda de 2 meses de antigüedad, que contenga el RFC del contribuyente que lleva a cabo la solicitud y el número de cuenta bancaria activa (CLABE).

Eres persona física extranjera sin establecimiento permanente en México y no cuentas con RFC, y realizaste pagos indebidos, puedes recuperarlos cumpliendo con los requisitos establecidos. No olvides proporcionar fotocopia de la caratula del estado de cuenta con antigüedad no mayor a dos meses donde se aprecie la cuenta CLABE y nombre del beneficiario.

Para conocer más sobre este proceso *ENTRA AQUÍ a la página del SAT y sigue todas las indicaciones

Fuente: Internet

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Alma Rosa Aguirre Lugo

Editor de ContenidosFotógrafoReportero

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