Para obtener información específica sobre el rechazo de su visa, debes consultar la carta de rechazo que se te entregó al final de la entrevista de la visa. Si se determina que no eres elegible para una visa, se te dará una carta de rechazo con la(s) razón(es) específica(s) por las cuales no fue elegible.
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Como la situación de cada persona es diferente, no hay una sola razón que explique todas las negativas. La razón más común para ser rechazado es que no demostró a satisfacción del oficial que cumple con los requisitos para la categoría de visa, o que las actividades planeadas en los Estados Unidos no están permitidas para esa categoría. Otra razón para rechazar una visa es que sus infracciones de inmigración o condenas penales anteriores resultaron en una inelegibilidad para la visa bajo la Sección 212(a) de la INA.
Para algunos ciudadanos extranjeros, sus actividades actuales o pasadas pueden hacerlos no elegibles para una visa. Dependiendo de la razón, el oficial consular en la entrevista informará al solicitante si califica o no para un perdón. Si el oficial consular decide solicitar un perdón, él o ella indicarán las instrucciones del proceso. Las recomendaciones para un perdón las realiza el Departamento de Estado y las envía al Departamento de Seguridad Nacional, quien es responsable de tomar la decisión respecto a todas las solicitudes de perdón.
Después de haber estado físicamente fuera de los Estados Unidos por más de 10 años desde la fecha de su más reciente violación de inmigración, los solicitantes con inelegibilidades (9) (C) (i) y (9) (C) (ii) pueden presentar el Formato I-212 ante la Oficina de Revisión de Admisibilidad de CBP para obtener el consentimiento para volver a solicitar la admisión a los Estados Unidos. El Consulado de los Estados Unidos, no tiene injerencia en la aplicación I-212 o en el proceso de adjudicación. Si se aprueba el consentimiento para volver a presentar una solicitud, el solicitante no necesitaría solicitar un perdón temporal para estas inelegibilidades al solicitar una visa. Para obtener instrucciones sobre cómo presentar la Forma I-212, visite los sitios web de CBP y USCIS.
Si un solicitante es rechazado 221(g), esto significa que el oficial consular no tenía toda la información o documentos necesarios para procesar la solicitud hasta la conclusión. Al solicitante se le informa lo que se necesita por escrito al momento de la entrevista. Cuando la información requerida se envía de manera oportuna, el proceso de la visa puede continuar hasta la conclusión, y el solicitante no necesita volver a solicitar la visa. Traer los documentos necesarios no necesariamente significa que la visa será emitida, pero significa que el proceso de adjudicación puede reanudarse y completarse.
La cuota que se paga es por procesar la solicitud. Cualquier persona que solicite una visa de Estados Unidos en cualquier parte el mundo debe de pagar esta cuota, que cubre el costo de proceso de la solicitud y no es reembolsable aunque la visa sea negada.
No existe un proceso para apelar la decisión de una visa negada; pero cualquier persona puede volver a solicitar una visa de no inmigrante si él /ella, puede presentar evidencia de un cambio significativo en las circunstancias desde la última solicitud.