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ELECCIONES 2024

¡Ya hay fecha! El consejo general IEES tendrá sesión para definir tema de candidaturas simultáneas

Luego de la resolución del Teesin en donde advierte revisar dobles candidaturas, el Instituto Electoral del Estado de Sinaloa dará 72 horas a los partidos para solventar la situación

IEES
Foto: Manuel Aceves | Instalaciones del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa (IEES)

Culiacán, Sinaloa. El consejo general del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa (IEES) sesionará mañana al mediodía para resolver sobre los registros de candidaturas a ocupar cargos de elección popular, luego de una sentencia que advierte que no debe haber aspirantes en listas simultáneas.

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Al respecto, el consejero presidente del IEES, Arturo Fajardo Mejía, dio a conocer que tras la sesión de mañana, los partidos tendrán un plazo de 72 horas para convenir sobre estos registros y así acatar la sentencia emanada desde el Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa (Teesin).

“Ya convocamos de hecho a una sesión para el día de mañana a las 12:00 del día, va a ser virtual. Sabemos que los partidos pues andan ahorita algunos presentando, preparando sus medios de impugnación, otros tratando de adelantarse a nuestro requerimiento que vamos a hacer mañana en la sesión, les vamos a dar 72 horas para que nos manifiesten en dónde va a prevalecer el registro de sus candidatos y candidatas que van de manera simultánea en la planilla y en la lista”.

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La sentencia del Teesin prohíbe contender simultáneamente para distintos cargos de elección, por lo que vinculó al IEES para que realicen las modificaciones correspondientes y notifique a los partidos o coaliciones para que, en su caso, realicen sustituciones correspondientes.

 

¿Qué sucede?

 

La impugnación parte del Partido Revolucionario Institucional (PRI), luego de una consulta durante la sesión del IEES con fecha del 29 de febrero, la cual fue sobre la viabilidad de que la figura de síndico procurador pueda ir como regidor de representación proporcional o plurinominal (RP).

Y de acuerdo a la Tribunal, de acuerdo a una interpretación conforme a la Constitución Federal realizada al artículo 22 de la Ley Electoral Local, es solamente para la figura de presidente y del regidor que va en la planilla de mayoría podría ir de manera simultánea en la lista de RP. Esto es contrario a la Constitución y al artículo 133 del cual deriva el Principio de Supremacía Constitucional, debe inaplicarse.

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La consulta del PRI fue sobre hacerlo también para la sindicatura de procuración. De acuerdo al partido, era discriminatorio contra esta figura, pero desde el Tribunal confirman la resolución y ahora todas las candidaturas deben estudiarse para eliminar las que son simultáneas, es decir, de mayoría relativa y de representación proporcional.

Esto significa que nombres repetidos que estén contendiendo por un cargo de elección popular tanto por la vía de la mayoría relativa (MR) como de representación proporcional o plurinominal (RP), atentan contra la Constitución.

Fuente: Línea Directa

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Aarón Ibarra

Reportero

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