México.– Este martes 30 de mayo, llega a su fin el periodo de vigencia para que el sector patronal cumpla con el pago de utilidades a sus empleados; este derecho está establecido en la Ley Federal del Trabajo, e ignorarlo, amerita sanciones.
Recordemos que únicamente aquellas empresas con un año constituidas o cuya utilidad neta comprobable en su declaración anual, fue menor a 300 mil pesos, quedan libre de responsabilidad en la entrega del beneficio a sus trabajadores.
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En este apartado también entran centros de trabajo como el Instituto Mexicano del Seguro Social, instituciones públicas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia; e instituciones privadas que realicen acciones humanitarias, de asistencia o sin fines de lucro.
Pero si tu centro laboral no está incluido en alguno de los puntos anteriores, obligadamente debió cumplir con el compromiso a más tardar este 30 de mayo, y si no, debes comenzar a realizar el trámite de denuncia ante las autoridades laborales.
De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo (LFT), si el trabajador no recibe esta prestación o se le paga de forma incompleta, tiene un plazo de un año, contado a partir del día siguiente a la fecha límite establecida, para reclamar el pago de las utilidades.
Nota sugerida: ¡El día se acerca! Si aún no te caen las utilidades, del martes 30 no pasa
¿Cómo y ante quién puede iniciar una denuncia formal por el incumplimiento de utilidades?
La PROFEDET pone a disposición sus servicios de orientación gratuita a través de los teléfonos 8007172942, o bien de manera personal en cualquiera de sus 48 oficinas en todo el país, así que acércate a ella y haz valer tu derecho.
¡No hay justificación para no repartir utilidades si la empresa estuvo generando ganancias y servicios!. El reparto de utilidades es un derecho de todas las y los trabajadores. Si requieres asesoría gratuita, también puede pedir orientación en redes sociales o el correo electrónico de la Profedet: @PROFEDET – [email protected]