México.– Te imaginas ver los resultados de la Lotería Nacional, emocionarte pensando que recibirás íntegro el premio de millones o miles de pesos distribuidos, sin recordar que hay impuestos que se van a descontar, o peor aún, que llegues con el cachito ganador pero éste venga en mal estado y te digan “lo sentimos, por no cuidar su billete NO HAY PREMIO”.
O bien, pasado algo de tiempo te acordaste que habías comprado tu cachito, fuiste a ver la lista de resultados ¡ganaste!, pero, el tiempo para hacer valer el cobro se te acabó y al llegar te dicen ¡lo sentimos, su premio ya no procede porque no vino con tiempo!
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Hay varios temas que sólo se marcan en las letras chiquitas, esas que casi no se ven pero que marcan las condiciones para darte por ganador y por ende, entregarte el premio ¿sabes cuáles son? Si no, checa esto y atento para que no te hagas ilusiones contando dinero imaginario, y mejor festejes ya que lo tengas en la bolsa.
Si eres ganador de premios mayores a $10,000 (Diez mil pesos) premio bruto, es muy, pero muy necesario que presentes los siguientes documentos. Todo jugador de la Lotería Nacional debe tenerlos listos para el momento de gritar ¡premio mayor!
- Sorteos electrónicos
- Boleto ganador sin tachaduras, ni enmendaduras.
- Identificación oficial vigente (Credencial para votar, Documentación expedida por el instituto Nacional de Migración, INAPAM, Credencial de jubilado o pensionado del IMSS o ISSSTE, Pasaporte, cédula profesional o cartilla del servicio militar) en caso de que la identificación no cuente con domicilio, deberá presentar un comprobante de domicilio. Con antigüedad no mayor a 3 meses.
- Clave Única de Registro de Población (CURP)
- Registro Federal de Contribuyentes (R.F.C.)
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Los impuestos
De igual forma para los casos que se requiera constancia de retención de impuestos para los pagos de premio menores a $9,999.99 (NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS .99 M.N. Lo anterior conforme al Reglamento de la Ley de Impuesto sobre la Renta en su artículo 235 que dice:
”Para efectos del artículo 139 de la ley, quienes entreguen premios derivados de la celebración de loterías, rifas, sorteos, juegos con apuestas y concursos de toda clase, podrán no expedir el comprobante fiscal a que se refiere la fracción I del precepto citado, cuando el monto individual del premio no exceda la cantidad de $10,000.00 y siempre que las personas a quienes les efectúen los pagos no soliciten dicho comprobante fiscal”.
En los casos en los que se solicite el comprobante fiscal, quién efectúe el pago del premio deberá solicitar, copia de la identificación oficial, así como el Registro Federal de contribuyentes y Clave única de Registro de Población de la persona que obtuvo el premio.
Premios mayores a $9’999,999.99 (Nueve millones novecientos noventa y nueve mil novecientos noventa y nueve pesos 99/100 M.N.)
- Sorteos Electrónicos se pagarán ante notario público a más tardar cinco días hábiles posteriores a su presentación.
- Cabe señalar que se pagará invariablemente con cheque nominativo a nombre del USUARIO, con la leyenda para “Abono en Cuenta del Beneficiario”. La cantidad del cheque corresponderá al importe neto, reteniendo el impuesto federal y el impuesto estatal que determinen las disposiciones fiscales aplicables.
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- Sorteos Tradicionales
Podrán ser cobrados en cualquier sucursal de los bancos: Santander, BBVA y Scotiabank, en un horario de 09:00 a 13:30 hrs., hora del centro de México, de lunes a viernes o en las oficinas de Lotería Nacional, ubicada en Avenida de la República No. 117, Edificio “Jalisco”, Colonia Tabacalera, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06030, en la Ciudad de México, con horario de atención de 9:00 a 13:00 horas de lunes a viernes y presentar:
- Constancia de participación o boleto electrónico.
- Instrucción de pago.
- Identificación oficial (credencial de elector INE, pasaporte, cédula profesional, cartilla militar o INAPAM), en caso de que alguno de estos documentos no cuente con el domicilio completo, adicionalmente deberá entregar un comprobante de domicilio (recibo de predio, agua, luz o teléfono) no mayor a tres meses de antigüedad.
Asimismo, se solicitará la siguiente documentación, en cumplimiento de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita; nombre completo, fecha de nacimiento, RFC, CURP, tipo de identificación oficial, ocupación, teléfono, correo electrónico, país de origen, nacionalidad, país de residencia, entidad federativa, Alcaldía o municipio, ciudad, colonia, código postal, calle, número exterior y número interior.
Sobre los impuestos
- Todo premio que se obtiene de cualquier concurso o sorteo es causante de impuestos.
- Para más información visita el siguiente sitio: Impuestos por Entidades Federativas
- Tendrás un plazo de 60 días naturales posteriores a la celebración de cada concurso y sorteo. ¡Te recomendamos acudir lo más pronto posible para el cobro de tu premio!