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Ya vas a poder comer jaiba sin cargo de conciencia, la veda en Sinaloa está por levantarse

Este 23 de junio la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural dio a conocer la fecha en la que la veda se levanta frente al litoral del estado de Sinaloa, conócela y ve alistándote para adquirirla

| Internet

México.- Este miércoles 23 de junio en el Diario Oficial de la Federación, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural publicó el acuerdo por el que se levanta para el año 2021, el periodo de veda de jaiba frente al litoral del Estado de Sinaloa.

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En el documento incluye el levantamiento para los organismos de Jaiba azul o cuata (Callinectes arcuatus), jaiba café, verde, guerrera o jaibón (Callinectes bellicosus) y jaiba gigante, negra o guacho (Callinectes toxotes) exclusivamente en aguas de jurisdicción federal frente al litoral del Estado de Sinaloa establecida en los incisos a) y b), de la fracción XXII del numeral SEGUNDO del “Aviso por el que se da a conocer el establecimiento de épocas y zonas de veda para la pesca de diferentes especies de la fauna acuática en aguas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de marzo de 1994, de acuerdo a las siguientes fechas:

a) Para machos de estas especies a partir de la publicación del presente Acuerdo.
b) Para ambos sexos de estas especies a partir del día 1 de julio de 2021.

 
También indica que queda prohibido realizar actividades 1 kilómetro alrededor de las bocas las bahías, tanto por la zona interior como por la zona marina

La Secretaría de Agricultura indica además para la actividad pesquera, que deberán ser liberadas y devueltas al mar las hembras que presenten masa ovígera (hembras “parchadas”).

Entra aquí para conocer el acuerdo publicado el en DOF sobre el levantamiento de la veda de la jaiba en Sinaloa

“En cumplimiento de los numerales 4.6 y 4.7 de la NOM-039-PESC-2003 pesca responsable de jaiba en aguas de jurisdicción federal del litoral del Océano Pacífico. Especificaciones para su aprovechamiento, se prohíbe capturar, poseer, transportar, comercializar o procesar hembras ovígeras y “rasuradas” (liberadas de la masa ovígera), asimismo se prohíbe la actividad de rasurar hembras, que consiste en eliminar la masa de huevos de las hembras ovígeras”, indica el documento. 

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Advierte además que las personas que incumplan o contravengan el presente Acuerdo, se harán acreedoras a las sanciones que para el caso establece la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables y demás disposiciones legales aplicables.

Fuente: Internet

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Alma Rosa Aguirre Lugo

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