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¿Ya hiciste tu declaración anual? Este martes, último día para personas físicas; no habrá prórroga: SAT

La presentación de la declaración anual de las personas físicas 2023 son aquellas que presentan un servicio profesional, que se dedica a la enajenación de bienes, o sea, renta de oficinas, local comercial y casa habitación, entre otras.

Persona física realiza declaración anual
Persona física realiza declaración anual ante el SAT | Foto: Ilustrativa (internet)

Culiacán, Sin.- Este martes 30 de abril termina el plazo para la presentación de la declaración anual de las personas físicas 2023 y no habrá prórroga, informó el Administrador Desconcentrado de Servicios al Contribuyente Sinaloa 1 del Sistema de Administración Tributaria (SAT), Julio Armando Sánchez Bojórquez.

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Las personas que tienen esta obligación y no cumplan recibirán una multa de 5 mil 500 pesos y dependiendo la omisión en su declaración el monto se incrementa, aclaró el funcionario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

La declaración anual es un sistema electrónico que únicamente se requiere para presentarla la contraseña del Registro Federal de Contribuyente (RFC) que se compone de ocho caracteres o la firma electrónica vigente, señaló.

Julio Armando Sánchez aclaró que si se tiene un saldo a favor y no supera los 10 mil pesos, Hacienda no requiere el envío de la firma electrónica, será únicamente con la misma contraseña.

Por su parte el Administrador de Recaudación Sinaloa 1 del Sistema de Administración Tributaria (SAT), Enrique Ramos Terrazas, felicitó a los sinaloenses porque el cumplimiento ha sido muy bueno y como dato, reveló que al corte del pasado 24 de abril se han presentado 241 mil 532 declaraciones, y a nivel nacional la entidad se ubica en el lugar número 11 que más ha presentado.

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En conferencia de prensa comunicó que hay opción de parcializar los saldos a cargo hasta en seis mensuales, la primera parcialidad se pagaría el 30 de abril y de ahí subsecuentemente a final de cada mes siendo la última el 30 de septiembre de este año 2024, con la idea de no aplicarles recargos por incumplimiento.

Cuando se trata a favor del Contribuyente el saldo de parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el dinero se recibe entre cinco y 10 días hábiles a partir de su declaración del 2023.

“No hay prórroga, por lo pronto por las disposiciones nos obligan a prestar la declaración al 30 de abril, hasta el momento no hay una publicación expresa que nos señale que se podrá presentar ampliar el plazo para la misma”, puntualizó.

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La presentación de la declaración anual de las personas físicas 2023 son aquellas que presentan un servicio profesional, que se dedica a la enajenación de bienes, o sea, renta de oficinas, local comercial, casa habitación, entre otros.

Fuente: Línea Directa

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Rogelio Félix

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