México.- Y llegaron las fiestas patrias a nuestro país, el momento perfecto para festejar con la familia y los amigos, acompañados de una deliciosa comida típica mexicana, pero ojo, que muchos daremos el grito, pero en el trabajo y debemos tener en cuenta cuál será la recompensa por trabajar un día que debe ser descansado oficialmente.
De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, la celebración del 16 de septiembre forma parte de los días feriados que deben pagarse con descanso junto a los días festivos como el Día del Trabajo, la conmemoración de la Revolución Mexicana o Navidad, pero en muchos trabajos del país, no se dan el lujo de perder un día de producción laboral, por lo que gran cantidad de empleados son elegidos para cumplir con su labor estos días feriados.
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Según el artículo 75 correspondiente a la Ley Federal del Trabajo, los empleados que sean seleccionados para laborar este 16 de septiembre o cualquier otro día festivo indicado en la misma ley, tendrán derecho a recibir un salario doble, independientemente del salario que les corresponde con regularidad.
Por lo que, en cuentas finales, sería un pago tripe, sumando el salario normal y el pago doble que debe ser otorgado por los superiores hacia los elementos seleccionados para laborar en este día festivo.
Así que, si no descansarás este día de la Independencia de México, ten en cuenta que una ley respaldará tu pago correspondiente y también esa recompensa que recibirás por haber dado el grito junto a tus compañeros de trabajo.
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Para evitar confusiones, el 15 de septiembre comienza la celebración, sin embargo, no es considerado un día feriado y tampoco se encuentra en los días de descanso obligatorio que marca la Ley Federal del Trabajo, por lo que este jueves se labora con normalidad.