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LEGISLATIVO

Tere Guerra propone tipificar y castigar con cárcel la violencia política contra mujeres en Sinaloa

De igual manera, se incorpora como modalidad delictiva la violencia política contra la mujer ejercida a través de medios digitales.

María Teresa Guerra Ochoa, diputada local por Morena y presidenta de la Junta de Coordinación Política (Jucopo)  | Foto: Beatriz Piña

Culiacán, Sinaloa. La diputada local por Morena, María Teresa Guerra Ochoa, impulsa una iniciativa de ley que tiene como objeto tipificar penalmente como delito la violencia política contra las mujeres en razón de género, y armonizar la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia con la legislación federal, incorporando su definición como una modalidad que se da en el ámbito público o privado, orientada a limitar o anular los derechos político-electorales de las mujeres.

Además, se incorpora como modalidad delictiva la violencia política contra la mujer ejercida a través de medios digitales.

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A dicha iniciativa los diputados de la Sexagésima Quinta Legislatura le dieron primera lectura y fue turnada para una segunda lectura de ley.

La también coordinadora del Grupo Parlamentario de Morena en el poder Legislativo de Sinaloa explicó que el tema de violencia política en razón de género es un tema que ha estado en análisis; sin embargo, en el código penal no había uno de este tipo.

“El tema de violencia política en razón de género es un tema que ha estado en el análisis, sin embargo, en el código penal no había un tipo penal. Esto había estado ventilándose ante tribunales electorales, ante las propias autoridades electorales que incluso generaron un observatorio para dar seguimiento a denuncias y además para estar vigilantes. Hay un observatorio a nivel nacional”, dijo.

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En la iniciativa también se propone sancionar la difamación, calumnia, injuria, campañas de suplantación de identidad, difusión de imágenes o audios manipulados, edición o alteración de información, así como la creación de cuentas falsas en redes sociales, cuando tengan por objeto desacreditar, denigrar o menoscabar los derechos políticos o electorales de las mujeres.

Las sanciones que se contemplan para las diversas conductas antes mencionadas van de 50 a 300 días multa y cárcel de dos a cuatro años.

Asimismo, se prevé un catálogo detallado de conductas constitutivas del delito y se consideran agravantes específicas que aumentan las sanciones conforme a las circunstancias particulares del hecho, fortaleciendo así la protección integral de los derechos políticos de las mujeres y garantizando su participación libre y plena en la vida pública.

Cabe mencionar que la iniciativa propone reformas y adiciones al Código Penal y a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en materia de Delito de Violencia Política contra Las Mujeres en Razón de Género.

Fuente: Línea Directa

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Beatriz Piña

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