Culiacán, Sinaloa.- Debido a los juicios ciudadanos que interpusieron Carlos Alfonso y Sthefany Rea Reátiga en contra de las resoluciones emitidas por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena donde señalaron a manera de agravio violación al debido proceso porque fueron privados a su derecho de defenderse, ya que no fueron notificados personalmente en su domicilio de todo lo actuado dentro del procedimiento, que culminó con la cancelación de su afiliación a Morena y la respuesta a la consulta realizada sobre su estatus como militantes.
En sus demandas expresaron la violación a la garantía de audiencia por un indebido emplazamiento.
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Una vez que se analizaron las constancias agregadas a los expedientes, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa (Teesin) tuvo por demostrado que, efectivamente, la autoridad de justicia partidista había realizado de manera incorrecta el emplazamiento del procedimiento, ya que la normatividad partidista establece que dicha diligencia debe llevarse a cabo de manera personal en el domicilio de los denunciados, y en el caso, a la ciudadana, se le efectuó vía correo electrónico, y al ciudadano, se le emplazó por el mismo medio pero distinto al suyo.
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En consecuencia, el Teesin resolvió, por unanimidad de votos, reponer el procedimiento a partir del emplazamiento y dejar sin efectos todo lo actuado con posterioridad al mismo.
Asimismo, consecuentemente, se les restituyó sus derechos y obligaciones partiditas.