Mazatlán, Sin.- Todo trabajador que está en la edad correspondiente de la jornada de vacunación contra el COVID-19, tiene el derecho constitucional de acudir en el horario establecido para recibir su dosis, y lo deben tomar en cuenta los patrones, sin ningún condicionamiento, manifestó Martin Luis Morales Acuña.
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No obstante, el delegado de Trabajo y Previsión Social en el sur de Sinaloa dijo que no hay un argumento jurídico laboralmente para que el empleado se ausente al día siguiente, de recibir la vacuna, aun cuando presente alguna reacción, y de ser así, éste tendría que acudir al Seguro Social para obtener un justificante médico, y sea una preinscripción la que indique
“Este derecho constitucional que tiene todo ser humano a la salud, en este caso a la vacunación y más por ser un trabajador, ahora bien, no está contemplado en ningún marco legal darles el día de descanso, ni el día siguiente por el motivo que tengan alguna reacción”.
Morales Acuña indicó que en el caso de Mazatlán, algunos patrones han sido más bondadosos, al brindar la tarde, a sus trabajadores, luego de recibir este biológico, como parte de las indicaciones del reposo, y eso ha sido más en agencias de vehículos o la misma hotelería.
Aclaró que a la fecha no hay queja alguna de trabajadores que haya sido impedido a acudir a vacunarse, lo cual confirma de la conciencia de los patrones porque su planta laboral cuente ya con este biológico y ayude a contrarrestar la cadena de contagio del COVID y no perjudicar la salud de los demás.