Al momento

Sinaloa

¡Gana el alcalde! Desecha Teesin juicio para protección de derechos de regidores electos de Mazatlán

Los demandantes señalaban que el alcalde reelecto, Luis Guillermo Benítez, había impedido la interacción de los ediles electos en el proceso de Entrega-Recepción, lo cual se encontró infundado

| Internet

Da click aquí y encuentra más información de Línea Directa Portal en nuestra página de Google News

Mazatlán, Sinaloa.- Aunque la presidenta del Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa, Verónica Elizabeth García, así como el magistrado Luis Alfredo Santana, se separaron del caso por considerar que la instancia no tenía competencia en la denuncia interpuesta por regidores electos de Mazatlán, al sentir sus derechos violentados, el juicio para protección de sus derechos fue aprobado por mayoría. 

En la propuesta, a la que se le dio lectura se señalaban el trastoque del ejercicio del cargo para el que fueron electos, con vulneración del derecho de ser votados, mismo que fue turnado bajo el caso TEESIN JDP84 y 85 – 2021, sin embargo, por la competencia de tipo administrativa se buscaba la incompetencia de esta sala y se buscó ser turnada a una instancia de tipo administrativa, con los votos de las magistradas Maizola Campos, Aída Campos y Carolina Chávez fue en beneficio de los demandantes. 

“Comparto con lo argumentado con el magistrado Santana, digamos, podríamos manejar doble competencia, porque a mí consideración, aun cuando estuvieran en el ejercicio del cargo, para mí es materia administrativa”

“El proyecto de resolución del juicio para la protección de los derechos políticos de ciudadano TESSIN-JDP-84 Y 85/2021, acumulados, ha sido aprobado”.

La denuncia, interpuesta en contra del alcalde electo Luis Guillermo Benítez Torres por grupo de regidores del Partido Sinaloense y uno de Morena, por negarles la participación en el proceso de entrega-recepción del gobierno; por lo que además se determinó por los magistrados enviar una lectura al Órgano Interno de Control de Mazatlán para su revisión.

Para la mayoría de los integrantes del Tribunal, el agravio alegado por las y los enjuiciantes resultó infundado, en virtud de que las regidurías de los ayuntamientos entrarán en funciones el 01 noviembre del presente año, previa protesta de ley, para lo cual no se requiere el documento de la entrega y recepción, por lo que no se advirtió vulneración a su derecho de acceso y ejercicio del cargo.

Fuente: Internet

Al momento

Suscríbete a nuestro boletín

Para tener la información al momento, suscríbete a nuestro boletín en el tendrás las últimas noticias de Sinaloa, México y el mundo.