El Carrizo, Sinaloa. – La sequía es un efecto indiscutible del cambio climático producto de las malas prácticas del hombre en el planeta, aun así, en el valle agrícola del Carrizo y El Fuerte persiste la quema de soca, acción comprobada que afecta el medio ambiente, daña la tierra, la calidad del aire y además incrementa la temperatura.
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Este fin de semana aumentaron considerablemente los reportes por quema de residuos de cultivos en comunidades como Guillermo Chávez Talamantes, El Carrizo, ejido Praderas, Revolución Mexicana, en el lado de Ahome; pero también en Jahuara Segundo, Palo Verde y otros predios agrícolas en El Fuerte.
Desde que inició el mes de mayo la quema de residuos, principalmente de trigo, ha ocasionado grave afectación en la calidad del aire de la sindicatura de la Villa Gustavo Díaz Ordaz y un aumento muy perceptible en la temperatura de las comunidades.
A pesar de los reportes y denuncias con fotografías y videos por parte de los habitantes y conductores de la carretera México 15, con las que buscan visibilizar el daño ambiental y afectación en la visibilidad de la vía de comunicación federal, poco se ha hecho por abatir esta mala práctica agrícola.
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“Las autoridades no hacen nada, no es nuevo, es año con año, y año con año no hacen nada. Saben muy bien que en estas fechas comienza la quema de soca y no hay trabajos de vigilancia y aplicar sanciones, no sancionan, por eso la gente sigue quemando la soca”.
“Los responsables son los mismos dueños, ya comienza la siembra de ajonjolí de temporal y les queda la tierra limpia, pero, a nosotros, a la larga, sigue la sequía”.
“Si siguen así menos nos va a llover. La gente no quiere entender”, expresaron algunos vecinos del valle del Carrizo.
Es importante recordar que a partir del 15 de agosto del 2020 entró en vigor en Sinaloa el decreto número 470 que adicionó delitos en el Código Penal estatal, en una sección y un capítulo único denominado: Delitos contra el medio ambiente y delitos ambientales.
El artículo 365, establece a la letra: “Al que sin contar con las autorizaciones respectivas o violando las normas de seguridad y operación aplicables, realice, autorice u ordene la realización de actividades que conforme a ese mismo ordenamiento se consideren como riesgosas, que no sean competencia de la federación, y que ocasionen daños a la salud de las personas, la flora, la fauna o los ecosistemas, se aplicará pena de 6 meses a 6 años de prisión y multa por el equivalente de 200 a 10 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
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Cuando las actividades consideradas como riesgosas a que se refiere el párrafo anterior se lleven a cabo en un centro de población, las penas se aumentarán hasta en una tercera parte más.
Es decir, la multa económica podría ir de los 22 mil 628 pesos a un millón 131 mil 400 pesos.