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Mazatlán, Sin.- El Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa decidió, por mayoría de votos, declarar infundado el agravio expresado por regidores de Mazatlán en el juicio ciudadano 90 de 2021, a través del cual impugnaron un oficio emitido por el titular del Órgano Interno de Control de ese ayuntamiento en el cual se les informaba del inicio de una investigación en su contra por realizar distintos actos.
En la sesión también se determinó, por mayoría de votos, que se había quedado sin materia, pues estaba demostrado en el expediente que el inconforme había emitido diferentes convocatorias a sesiones, Verónica Elizabeth García Ontiveros, magistrada presidenta del Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa, dio lectura al resolutivo marcado en varios puntos.
“Se desecha parcialmente la demanda con lo que respecta al agravio relativo al ejercicio del cargo señalada en la demanda por las y los actores al haberse declarado recibido el derecho de los mismos para hacer valer dicho señalamiento, tercero se declara la inexistencia de violaciones al derecho político electoral de ser votadas y votados, en la vertiente del ejercicio del cargo de las ciudadanas América Cynthia Carrasco Valenzuela y Francisco Osuna Velarde por la violencia política y violencia política en razón de género”.
Al analizar los medios de prueba contenidos en el expediente, la mayoría de las magistraturas del Tribunal concluyeron que no se actualizaban irregularidades o afectaciones a los derechos político-electorales presuntamente violados.
En la sesión se declaró su inexistencia y se ordenó remitir el escrito de demanda al Instituto Electoral del Estado de Sinaloa para que, en el ámbito de sus atribuciones en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género, determine lo conducente.