Escuinapa.- El
gobierno municipal podría aplicar sanciones a quien no acate las disipaciones
que contempla el Bando de Policía y Buen Gobierno, sobre los desechos,
especialmente en los comercios como primera etapa.
Lo anterior lo informó
el jefe del Departamento de Ecología, Loenel Castañeda Ibarra, en una reunión
que sostuvo con comerciantes, para informarles sobre el manejo de la basura y
el mejoramiento de la imagen urbana.
El funcionario lamentó
que, a pesar de las más de 150 invitaciones que se les hicieron llegar a los
encargados de los negocios de distintos giros del centro de la ciudad, solo
hayan acudido poco más de 10 personas.
?Debemos de sumar
esfuerzos, autoridad y ciudadanos, para
atender el tema que tiene que ver con la ecología, pues todos somos parte de
ella?, dijo.
A través de
proyecciones, el funcionario mostró un diagnóstico sobre la imagen que en
ocasiones muestra el centro de la ciudad, debido a que algunas personas dejan
en la vía pública la basura, con demasiada anticipación o mucho tiempo después
de que pasa el camión recolector.
?Es importante que los
comerciantes saquen la basura máximo media hora antes de que pase el camión
recolector, pues todos saben los horarios en los que pasa diariamente (7:00 horas,
14:00 horas y 20:00 horas)?, indicó.
Quien no acate estas
disposiciones, podría ser sancionado, de acuerdo a lo que establece el Bando de
Policía y Buen Gobierno, pero antes se les hará un llamado de atención para
evitar llegar a estar instancias, expresó.
También es importante
que la gente denuncie ante esta dependencia, cuando vea que alguien no acate
estas disposiciones, para que se le haga llegar un requerimiento, concluyó.Lo que establece el Bando de Policía y Buen GobiernoARTÍCULO 102. Comportamientos que
no favorecen la higiene y la salud pública, el medio ambiente y la ecología, lo
cual dará lugar a medidas correctivas, por cuya comisión se aplicará una
sanción por el equivalente de 8 a 15 veces el salario mínimo general vigente en
el municipio. IV. Arrojar en lugar público o privado no
destinado para ello, basura substancias fétidas, animales muertos o
desperdicios orgánicos, químicos o infectocontagiosos;
CAPÍTULO IIIMEDIO
AMBIENTE
ARTÍCULO 103. Comportamientos
que no favorecen la higiene y la salud pública, el medio ambiente y la
ecología, por cuya comisión se aplicará una sanción por el equivalente de 8 a
15 veces el salario mínimo general vigente en el municipio.
I.
Arrojar a la vía pública y terrena baldía,
animales muertos, escombros, basura, sustancias fétidas o tóxicas;
II. Arrojar basura desde el interior de vehículos
particulares o concesionados hacia la vía pública;
III. Tirar o depositar basura en los lugares no
autorizadosXV. Aquellas personas que incurren en estas
irregularidades aparte de la multa, se turnara el caso a las autoridades
correspondientes para lo que proceda conforme a derecho. XVIII. El que deje en la vía pública residuos fuera de los horarios
permitidos o en recipientes antirreglamentarios,
CAPÍTULO
IX
En las plazas de mercado y galerías comerciales
ARTÍCULO 115.- Comportamiento de los
comerciantes en las plazas de mercado y galerías comerciales. Los comerciantes que
intervienen en el proceso de oferta y demanda de productos básicos para el
consumo doméstico en las plazas de mercado y galerías comerciales deberán
observar los siguientes comportamientos:XVII. No arrojar basura o cualquier tipo de
desperdicio fuera de los depósitos, recipientes o bolsas destinadas para tal
fin o ubicarlas en sitios que no correspondan para su adecuada disposición o
reciclaje.ARTÍCULO 102. Comportamientos que
no favorecen la higiene y la salud pública, el medio ambiente y la ecología, lo
cual dará lugar a medidas correctivas, por cuya comisión se aplicará una
sanción por el equivalente de 8 a 15 veces el salario mínimo general vigente en
el municipio.LM
Podría ser sancionado quien arroje basura en la vía pública
A través de proyecciones, el funcionario mostró un diagnóstico sobre la imagen que en ocasiones muestra el centro de la ciudad
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