Culiacán, Sinaloa. El Grupo Parlamentario del Partido Sinaloense, conformado por el diputado Víctor Antonio Corrales Burgueño y la diputada Angélica Díaz Quiñónez presentó dos iniciativas de ley.
La primera tiene la finalidad de que la decisión de interrumpir o no un embarazo deberá de corresponder única y exclusivamente a las mujeres o personas gestantes, aún y cuando estas personas se encuentren imposibilitadas para otorgarlo por sí mismas, por lo que su consentimiento no podrá ser sustituido por el de terceras personas, interviniendo las autoridades sanitarias con la obligación de brindar los apoyos y salvaguardas que sean necesarios para facilitar la expresión de su propia voluntad.
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Recordaron que en marzo de 2022, la LXIV legislatura reformó diversas disposiciones al Código Penal, y demás leyes, del Estado, con el objeto de fortalecer el derecho a la autonomía reproductiva de la mujer o personas gestantes.
Derivado de esta reforma el 17 de octubre de 2024, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación revisó una sentencia de amparo indirecto en contra del artículo 158, fracción IV, última parte, del Código Penal para el Estado de Sinaloa, conforme al cual, se refiere que para llevar a cabo la interrupción del embarazo cuando el producto de la gestación presenta alteraciones genéticas o congénitas, que puedan dar como resultado daños físicos o mentales que pongan en riesgo su supervivencia.
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Puntualizaron que a través de esta propuesta de iniciativa del Grupo Parlamentario del Partido Sinaloense, se encamina a propiciar el derecho a las mujeres o personas gestantes con discapacidad el reconocimiento a su personalidad jurídica, ya que consideraron que la decisión de interrumpir o no un embarazo debe de corresponder exclusivamente a ellas, por lo que su consentimiento no puede ser sustituido por el de terceras personas, con la obligación de las autoridades sanitarias de brindar los apoyos y salvaguardar en todo momento que sean necesarios para facilitar la expresión de su voluntad.
La segunda iniciativa propone mejoras a la Ley de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias del Estado de Sinaloa, surgidas al armonizarla con la Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, porque en tratándose de convenios en procedimientos mediatorios, la Ley General e inclusive la Ley de Mecanismos Alternativos de Sinaloa, establecen que puedan ser revisados y validados cuando se trate de la atención de niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad, adultas mayores o personas en situación de vulnerabilidad.
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Se expone que no será así en el caso en que no intervengan estas personas que pertenecen a sectores vulnerables. Además, que son tres las bases de Decreto de la Ley General, para en su ámbito de competencia, otorgarle facultades al Poder Judicial del Estado y al Tribunal de Justicia Administrativa del Estado, a través de sus leyes orgánicas.