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CONFERENCIA

Nueva legislación de medios abre nuevos métodos de financiamiento y obligaciones a concesionarios

Sebastián Somohano participó en marco del Décimo Encuentro de la Red de Radios Universitarias de México (RRUM) realizado en la UAdeO, y destacó los beneficios y obligaciones de la nueva Ley de Telecomunicaciones

Sebastián Somohano Montero | Foto: Cortesía

Mazatlán, Sinaloa. La nueva legislación de los medios genera o abre una posibilidad en cuestión de métodos y mecanismos de financiamiento, pero también genera obligaciones a los concesionarios, informó este jueves 23 de octubre de 2025, Sebastián Somohano Montero.

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Durante su participación en la ponencia El Reto de la Radio Universitaria ante la Nueva Legislación, que se realizó en la Universidad Autónoma de Occidente (UAdeO), en el marco del décimo encuentro de la Red de Radios Universitarias de México (RRUM), dijo que en caso de que no sean atendidas esas obligaciones, los concesionarios podrían dar la pauta de que exista algún incumplimiento y derivado de ella una posible sanción económica.

“Es importante destacar que esta nueva ley en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, sobre todo para las concesiones de uso y aprovechamiento del espectro radioeléctrico, mantiene una misma columna vertebral y los cambios que se han hecho a la misma, si bien es cierto generan un beneficio como en este caso es la obtención de recursos y de financiamientos de otras índoles, también lo es que genera nuevas cargas y nuevas obligaciones”.

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¿Qué obligaciones tienen los concesionarios?

Explicó que los concesionarios tienen la obligación de cumplir para evitar ser sancionados y entre las obligaciones principales está el proporcionar las informaciones periódicas, como información económica programática, la denominada IEP, que son el reporte nacional de información e infraestructura, así como la implementación de los mecanismos del artículo 86.

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Además, dijo que deben garantizar la continuidad en las operaciones ininterrumpidamente de las estaciones y en caso de que se llegue a actualizar, presentar oportunamente los reportes que justifiquen la operación con parámetros técnicos distintos a los autorizados.

¿Qué sanciones les pueden aplicar?

Recalcó que dependiendo del tipo de conducta es el tipo de sanción y que hay sanciones leves, moderadas y fuertes, por sanciones leves se entiende la omisión o presentación extemporánea de algún reporte, con sanciones que irían del 0.1 al 0.7 de los ingresos de la concesionaria.

Mientras que las sanciones moderadas o fuertes, señaló, que serían aquellas que no garanticen la continuidad de las operaciones, que podría repercutir hasta en la revocación de la concesión que sería una sanción definitiva.

 

Fuente: Línea Directa

Fotografía de perfil de Juan Escutia

Juan Escutia

Reportero

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