Al momento

Sinaloa

Niega TEE recuento parcial de votos en Concordia y Mazatlán

La solicitud que hicieron PAN y PAS es para que se diera el recuento parcial de votos en algunas casillas de la elección para alcalde

Línea Directa | La información al momento
La información al momento | Línea Directa

Culiacán, Sin.- Los magistrados del Tribunal Electoral de Sinaloa aprobaron por unanimidad rechazar la solicitud que hicieron el Partido Acción Nacional y el Partido Sinaloense para que se diera el recuento parcial de votos en algunas casillas de la elección para presidente municipal en Concordia y Mazatlán. El presidente magistrado Guillermo Torres Chinchillas dijo que el interés de ambos institutos políticos era obtener más sufragios a favor para modificar la lista de los regidores por la vía plurinominal.
Luego de un análisis de la ponencia se determinó que no existen elementos suficientes para atender dicha petición en ambos ayuntamientos, además la queja se entregó a destiempo al órgano jurisdiccional.
?Nada más estamos negando el recuento porque de acuerdo al estudio y al análisis, nosotros advertimos que no se da ninguno de los supuestos para que sean procedentes?. ¿Y cuáles serían esos supuestos?
?Que hubiera dolo, error, mala fe y que se haga muy evidente que pueda ser en perjuicio de alguien, además hubo destiempo. El fondo del asunto es si era procedente o no era procedente el recuento parcial?, expuso.
Durante la lectura del amplio expediente se puntualizó que en la demanda interpuesta por el Partido Acción Nacional (PAN) su reclamo fue el recuento total de las 49 casillas que se instalaron en el municipio de Concordia para la elección de alcalde, pero entre otros argumentos los integrantes del Tribunal resolvieron que no procedía porque el resultado no arrojó una diferencia igual o menor a un punto porcentual entre los candidatos con mayor votación.
Asimismo los panistas mostraban dudas en el recuento de 16 casillas y exigía el escrutinio de las actas, pero al final se demostró que no era procedente porque ya habían sido objeto de recuento en el paquete de las 36 que también manifestaban las mismas dudas.
En el caso del Partido Sinaloense su petición era el recuento de 86 paquetes electorales, aquí no se hizo conforme a la ley; y por ello, se le niega una nueva regiduría plurinominal en el municipio de Mazatlán y se respeta las suma de votos que en su momento hicieron los integrantes del Consejo Municipal.
Finalmente, el presidente magistrado del Tribunal Estatal Electoral (TEE), Guillermo Torres Chinchillas, aclaró que los representantes de estos partidos están en su derecho de impugnar esta resolución ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, sala regional Guadalajara, en un plazo de cuatro días a partir de su notificación.
LM

Fuente: Internet

Fotografía de perfil de Liz Douret

Liz Douret

Editor de Contenidos

Liz Douret

Ver más

Al momento

Suscríbete a nuestro boletín

Para tener la información al momento, suscríbete a nuestro boletín en el tendrás las últimas noticias de Sinaloa, México y el mundo.