Culiacán, Sin.- Hay derechos constitucionales que no pueden ser cambiados por un decreto y que si alguien se ampara de manera individual o no ese derecho no puede ser quitado, si alguien demuestra lo inconstitucional de un acto o de una situación debería de aplicar para todos, opinó José Ángel Rivera Soto, presidente de la Asociación de Colegio de Profesionistas del Estado de Sinaloa.
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Lo anterior, lo comentó tras las recientes reformas a la Ley de Amparo aprobada por el Senado de la República, con las que se prohíben las suspensiones con efectos generales contra leyes; esto señala tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las suspensiones que se dicten fijarán efectos generales.
Al respecto, el entrevistado consideró que es anticonstitucional estar limitando los derechos de los ciudadanos ya sean públicos, colectivos o individuales.
“No debería de ser, si alguien demuestra lo inconstitucional de un acto o de una situación debería de aplicar para todos, lo están haciendo de manera individual porque no se los están permitiendo de manera colectiva, pero repito, le están quitando derechos a otras personas”, dijo.
Rivera Soto expuso que cuando alguien pierde o gana amparo, o situaciones de ley, se van generando jurisprudencias.
Agregó que eso es lo correcto, que se vaya creando jurisprudencia para que estas se conviertan en ley o ciertas veces que se aplique en otras partes de la República se pueda ejercer el mismo derecho.
Cabe mencionar que esta reforma ya fue aprobada por el Senado y por la Cámara de Diputados y solo falta la publicación en el Diario Oficial para que entre en vigor.