Mazatlán, Sin.- Existe desconocimiento en el tema del oficio emitido por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales que en base a los artículos séptimo y octavo del Reglamento de la Ley General de Equilibrio Ecológico, permite la limpieza de canales y cuerpos naturales de agua en caso de siniestros, dijo Jorge Abel López Sánchez.El delegado federal de la Semarnat en Sinaloa dejó en claro que oficio que se envió a los municipios ante la posible afectación de la tormenta “Lidia” dicta de manera clara en qué momento se puede actuar en medidas preventivas para evitar la pérdida de vidas humanas por inundaciones.?La ley no es flexible, la ley es la ley y se tiene que cumplir conforme lo establece la ley, lo dice el boletín y lo dice el oficio, en qué momentos se pueden hacer las obras y acciones y se tiene que aplicar. En todo caso hay que pedirle a los diputados que modifiquen la ley, yo soy autoridad reguladora?.Señaló que cuando hay un pronóstico de una inminente llegada de un desastre natural, las autoridades municipales tienen por lo menos 72 horas para emitir un aviso-solicitud y un periodo de 20 días para presentar un informe con las obras realizadas para evitar sanciones, siempre y cuando estén apegados a los artículos previamente mencionados. López Sánchez puntualizo que la ley es la ley y personalmente no puede hacer nada para modificarla, ya que él es una autoridad reguladora, en todo caso serían los diputados los encargados de hacer modificaciones.IC
La ley es la ley, no se puede modificar: JALS
El delegado de Semarnat dijo que los municipios pueden hacer medidas preventivas con la solicitud enviada 72 horas antes de un siniestro
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