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ECONOMÍA

Es tiempo de “vacas flacas” ¿ya sabes cuánto te tocará de utilidades?

Hay quienes ni recibirán este beneficio que marca la Ley Federal del Trabajo, pero ¿en qué casos? y ¿qué puedes hacer para reclamarlo?

Es tiempo de vacas flacas ya sabes cuánto te tocará de utilidades
Una mano sosteniendo dinero | Foto: Línea Directa

Guasave, Sin.- Es tiempo de “vacas flacas” y no está a criterio de los empresarios y comerciantes sino que contablemente el año anterior haya sido de poca o nula utilidad, lo que podría dejar sin este beneficio a los trabajadores, así lo dijo el presidente de la Cámara Nacional de Comercio (Canaco) en Guasave, Luis Ariel Lugo Carvajal.

Según la Ley Federal del Trabajo los empleados participarán en las utilidades del patrón de conformidad con el porcentaje que determinado por la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores, el cual a la fecha asciende al 10 por ciento de las utilidades netas.

Ante ello el presidente de Canaco en Guasave dijo que es una situación que no queda a criterio sino un cálculo que el mismo sistema arroja.

“Si los números y totales, legalmente hablando, no arrojan una utilidad como tal, es que es que estás exento de hacer legalmente desafortunadamente es es una realidad la situación económica, es muy obvia, está muy, muy complicada. Está muy ‘flaca’, cómo dicen legalmente si los números contables no arrojan dicho reparto, pues esas empresas están exentas de dar utilidades”, anticipó.

Sin embargo, no es posible que para aquellas empresas que sí tuvieron utilidad en el año fiscal vigente puedan incumplir con esta responsabilidad.

  • La Ley establece que:

A) La utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales. La primera parte se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios. La segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.

B) Se considera como salario la cantidad que perciba el trabajador en efectivo por cuota diaria. Cuando la retribución sea variable, se tomará como salario el promedio de las percepciones obtenidas en el año.

C) Exclusivamente el salario por cuota diaria, sin incluir otros ingresos como tiempo extra, gratificaciones, primas o cualquier otro derivado de su trabajo. Cuando el salario sea variable, se tomará como cuota diaria el promedio correspondiente al total percibido durante el año.

Fuente: Línea Directa

Fotografía de perfil de Martha L. Castro

Martha L. Castro

Reportero

Martha L. Castro

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