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¿Eres pensionado del IMSS? Conoce los montos de préstamo que puedes solicitar

Además recuerda los requisitos que deberás tener a la mano para poder realizar el trámite

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México.- Si perteneces al Régimen de la Ley del Seguro Social de 1973 y te encuentras como pensionado definitivo por: Invalidez y vida, riesgo de trabajo o cesantía en edad avanzada y vejez, puedes solicitar al IMSS un préstamo a cuenta de pensión.

Últimamente han surgido dudas respecto a los montos que el instituto otorga, por lo que aquí te decimos lo desprendido en la última actualización de la información del Seguro Social.

  • Si la cuantía de tu pensión es mayor al salario mínimo, el monto del préstamo será hasta del 30% de la cuantía anual, sin que rebase el tope establecido, equivalente a 60 días de salario mínimo vigente en el D.F.
  • Si la cuantía de tu pensión es menor al salario mínimo, el monto del préstamo será hasta del 25% de la cuantía anual, sin que rebase el tope establecido.

El préstamo puedes solicitarlo al IMSS, se descontará de tu pensión y que debes pagar en un tiempo no mayor a 1 año

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Para solicitarlo es necesario saber lo siguiente:

  • Que tu pensión esté vigente bajo el régimen de 1973
  • Tener un mínimo de 3 meses con tu pensión.
  • Si anteriormente solicitaste un préstamo y ya lo liquidaste, debes esperar 3 meses para poder solicitar uno nuevo.
  • La respuesta a la petición es inmediata, al hacer el trámite te informarán los descuentos mensuales correspondientes y tiempo en que debes pagar el préstamo.
  • El plazo del préstamo será de 12 meses.
  • Los préstamos a cuenta de pensión otorgados por las entidades financieras a los pensionados de los regímenes de la Ley del Seguro Social 1973 y 1997, a que se refiere el artículo 118, en correlación con el artículo vigésimo noveno transitorio, de la Ley del Seguro Social (Reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del 28 de mayo de 2012), se tramitarán en la forma y términos previstos en el convenio que dichas entidades financieras hayan celebrado con el Instituto, debiendo el pensionado otorgar su consentimiento expreso para que este Instituto descuente de la pensión que le corresponda los importes relativos al pago del préstamo y los entregue a la entidad financiera que lo otorgó.
  • Los trámites podrán presentarse en la Unidad de Medicina Familiar o en la Subdelegación de adscripción de 8:00 a 15:00 horas, o en el horario ampliado que determine la Delegación.

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Si tu intención es realizar este trámite, estos son los requisitos que deberás cumplir:

  • Que el pensionado se encuentre disfrutando de una pensión bajo el régimen de la Ley del Seguro Social de 1973.
  • Que la pensión se encuentre vigente.
  • Que el pensionado tenga acreditada una antigüedad mínima de tres meses en el disfrute de la pensión.
  • En su caso, que hayan transcurrido tres meses del último descuento que finiquitó el préstamo anterior.
  • Que el descuento mensual con motivo del préstamo, considerando otros descuentos, no sea mayor al 30 por ciento del monto mensual de la pensión.

Si no cumples con los requisitos de permanencia y documentos el trámite no se realiza. Para quejas o denuncias puedes comunicarte al teléfono: 01800 623 23 23 desde cualquier parte de la República Mexicana.

Fuente: Internet

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Alma Rosa Aguirre Lugo

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