Sinaloa.- Hay un gran debate entre la sociedad respecto a si los ciclistas cumplen con la Ley de Movilidad Sustentable en Sinaloa.
Circular sin las medidas o aditamentos de seguridad pertinentes, saltarse semáforos como si para ellos no aplicaran, no ceder el paso a peatones, circular por banquetas, o incluso hasta con cuatro persona en la unidad, etc., son algunas de las violaciones a la ley más comunes entre los ciclistas.
Mucho se ha dicho que: Quien maneja un auto debe tener más precaución, sin embargo, la realidad es que todos debemos y podemos evitar accidentes.
Todos debemos seguir reglas y respetar la ley, por eso, si eres ciclistas y aun desconoces lo que indica la Ley de Movilidad Sustentable en Sinaloa, aquí te la presentamos.
Recuerda que las causas legales se pueden corregir, pero un accidente puede ser mortal
Artículo 88: Los ciclistas deberán observar las siguientes disposiciones:
I.- Circularán en el centro del carril de extrema derecha de las vías sobre las que transiten y en el sentido de la vialidad, cuando no cuenten con infraestructura ciclista.
II.- Maniobrarán con cuidado al rebasar vehículos.
III.- No llevarán personas o carga que les dificulte la visibilidad, el equilibrio o su adecuado manejo salvo que la bicicleta cuente con las adecuaciones pertinentes.
IV.- No podrán usar radio o reproductores de sonido y demás mecanismos que propicien distracción al conducir.
V.- No podrán circular sobre las banquetas o las zonas de seguridad, excepto los menores de 12 años.
VI.- Respetar el derecho de paso de peatones.
VII.- En la circulación nocturna y lugares de poca visibilidad deberán encender el faro delantero que emita luz blanca y portar reflejante de color rojo en la parte posterior de la bicicleta.
VIII.- Al circular por las vialidades, en los casos de cambio de carril o viraje en alguna intersección deberá previamente señalar el sentido del movimiento a través de algún medio adecuado que permita su conocimiento a los demás usuarios de la vía.
IX.- Deberán usar los implementos recomendados para su protección y para ser distinguidos en situaciones de poca visibilidad.
X.- Se abstendrán de realizar maniobras que pongan en riesgo su integridad física o la de los demás.