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En comisiones: Senado aprueba dictamen que propone inimpugnabilidad de reformas a la Constitución

El senador sinaloense de la República por Morena, Enrique Inzunza Cázarez, aseguró que no se está quitando ningún derecho a nadie, sino al contrario, se está reforzando el sistema constitucional

Senado aprueba dictamen que propone inimpugnabilidad de reformas a la Constitución | Foto: Beatriz Piña

Culiacán, Sinaloa. En reunión de Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos, los senadores aprobaron con 24 votos a favor, en lo general y particular el dictamen de Reforma en materia de inimpugnabilidad de las adiciones y reformas a la Constitución.

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Al respecto, el senador sinaloense por Morena, Enrique Inzunza Cázarez, explicó que lo único que se incluye en la reforma es lo que establece el artículo 61 de la vigente Ley de Amparo que es que el juicio de amparo es improcedente contra adiciones o reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Agregó que lo que se está incluyendo en el artículo 105 es lo que ha dicho la Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN) en la tesis de jurisprudencia 2024-180 respecto de que contra el poder reformador de la constitución no existe ningún medio de control jurisdiccional.

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Por lo anterior, aseguró que no se les está quitando ningún derecho a nadie, sino al contrario se está reforzando el sistema constitucional para efecto de que quede muy claro cuáles son los mecanismos de defensa de la constitución y cuáles son sus límites.

“El artículo 61 de la vigente Ley de Amparo establece en su fracción primera que el juicio de amparo es improcedente contra adiciones o reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Lo que estamos incluyendo en el artículo 107 de la constitución fracción segunda es justo ese enunciado que está en la Ley de Amparo”, dijo.

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Inzunza Cázarez indicó que la discusión de los límites del control constitucional está hoy en la teoría constitucional contemporánea y se ha dicho con razón que no hay un solo intérprete, sino una pluralidad de intérpretes, por lo que puntualizó que el Senado como poder constituyente es un intérprete de la constitución.

Por último, enfatizó que, si bien un tribunal constitucional tiene la última palabra, no se puede establecer que haya una única interpretación o que haya un solo actor que puede interpretar la constitución.

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Fuente: LÍNEA DIRECTA

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Beatriz Piña

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