Mazatlán, Sinaloa.- De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, el día 20 de diciembre es el límite para pagarle a trabajadores su aguinaldo, el cuál es una gratificación por un año de servicios prestados y corresponde a mínimo una quincena y sólo en el caso de haber trabajado menos de 6 meses, se les da una parte proporcional, informó Martín Luis Morales Acuña.
El delegado de la zona sur de la Dirección de Trabajo y Previsión Social señaló que esta prestación es un derecho de todos los empleados, por lo que todo aquel empleador que no cumpla con esta obligación podría ser acreedor a una multa; el pago puede ser en efectivo o en depósito bancario.
“Es un pago que se tiene que hacer de manera en efectiva o pago en depósito bancario, no es por parte de especie por producto o por cualquier otra gratificación que se pudiera hacer similar al aguinaldo”.
Además, dijo que estaba penado condicionar el aguinaldo o descontar directamente algún préstamo que el trabajador haya realizado, es por ello que durante estos próximos días estarán inspeccionando los negocios y empresas un cuerpo de 10 inspecciones para vigilar y proteger los derechos del trabajador. Los que hayan trabajado el 01 de diciembre este próximo 15 deberán ver reflejado el pago triple de ese día, recordó.
Para cualquier duda o si necesita realizar una denuncia puede acudir a las oficinas de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo y Prevención Social, ubicado en la calle Río Baluarte número 1000 en Fraccionamiento Tellería, en la Unidad Administrativa.