Culiacán, Sinaloa. En la sesión ordinaria de este jueves 9 de julio de 2026, diputados del Congreso de Sinaloa aprobaron ampliar los requisitos para ocupar el cargo de titular del Órgano Interno de Control de los ayuntamientos.
Lo anterior, para establecer que esta persona no haya sido postulada ni haya desempeñado cargo de elección popular, tesorería, secretaría o dirección municipal, responsable del manejo de los recursos públicos o militante de algún partido político, en los cuatro años anteriores a la propia designación.
Con nuevos requisitos se garantiza un eficaz funcionamiento de los OIC
Con lo anterior, se garantiza un eficaz funcionamiento de los Órganos Internos de Control, al contemplarse la imparcialidad en sus quehaceres administrativos sobre el ejercicio de gasto del ayuntamiento, y las revisiones y auditorías que se realicen para verificar la correcta y legal aplicación de los recursos y bienes.
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El artículo 67 Bis H establece los requisitos que debe cumplir quien sea titular del Órgano Interno de Control.
Al adicionarse una nueva fracción, esta establece como requisito:
“No haber sido postulado o haber desempeñado cargo de elección popular, de tesorería, secretaría o dirección municipal; o responsable del manejo de los recursos públicos de algún partido político, en los cuatro años anteriores a la propia designación”.
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Reforma retomó cinco iniciativas presentadas por diputados
La reforma aprobada retomó propuestas de cinco iniciativas diferentes que fueron presentadas por el Grupo Parlamentario del PAS de la 63 Legislatura, por el ciudadano Fernando Basilio Torres Gómez, por los ciudadanos Sergio Avendaño Coronel y Fernando Ruiz Rangel, y por el Grupo Parlamentario del PVEM de la actual Legislatura, que es la 65.
Al ser sometida a votación, se aprobó con 35 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención.
Una vez aprobado, el presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado, Juan Diego Aranzubia Iturrios, instruyó que se publique el decreto correspondiente.
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