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Código penal no establece prisión preventiva en delito de maltrato animal: Abogado

Exigencia de justicia por muerte de “Rodolfo” debe ser ante Congreso Local para que endurezca la pena en delito de maltrato animal, explicó el presidente del Colegio de Abogados

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Los Mochis, Sin.- Es mínima la pena que establece el Código Penal para el delito de maltrato animal, por lo que la persona señalada de privar de la vida al perro llamado “Rodolfo” no amerita prisión preventiva oficiosa  sino que puede tener una salida alterna como la reparación del daño, opinó el presidente del Colegio de Abogados “Alberto Sánchez González”, Guadalupe Camacho Torres. 

“Lo establecido en el Código Penal para este tipo de delitos es una pena mínima en la cual le asisten todos los derechos al agresor para tener una salida alterna con todas las facilidades que le otorga el propio Código de Procedimiento Penales”. 

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El abogado dijo que es válida la exigencia de justicia para “Rodolfo” por parte de diversos organismos, pero consideró que se han excedido porque han llegado al linchamiento social hacia el agresor. 

El jurista puntualizó que esta exigencia de justicia debido al maltrato animal, debe ser propuesta ante el Congreso Local del Estado para que endurezca la pena, pues sólo de esa forma se podría avanzar un poco más en el castigo de este delito. 

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Fuente: Internet

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Mireya Trejo

Reportero

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