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¡Despenalizan el aborto! Congreso aprueba interrupción del embarazo en Sinaloa ¿Hasta las cuántas semanas?

Con 28 votos a favor, 2 en contra y 9 abstenciones, los legisladores aprobaron en lo general las reformas al Código Penal, la Ley de Salud, Código Familiar, Código Civil, y Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

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Culiacán, Sinaloa.- En el marco del Día Internacional de la Mujer, el Congreso del Estado aprobó en lo general, con 28 votos a favor, 2 en contra y 9 abstenciones, la interrupción legal del embarazo en Sinaloa, siendo hasta las 13 semanas el tiempo límite, y con ello se da paso a la despenalización, es decir, que no meterán a la cárcel a una mujer o persona gestante por abortar.

En el dictamen que reforma el Código Penal, La Ley de Salud, Código Familiar, Código Civil, y Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se establece que comete el delito de interrupción del embarazo la mujer o persona gestante que finalice de forma anticipada el proceso de gestación, después de la décima tercera semana. 

A la mujer o persona gestante que interrumpa el embarazo después de las 13 semanas se le impondrá una amonestación, y de uno a tres meses de medidas integrales, mismas que corresponderá decretar a la autoridad judicial y podrán ser en materias de salud, educación o de cualquier índole, tendentes a la protección y orientación social de la persona sancionada.

En ese sentido, a la persona que apoye a interrumpir el embarazo después de las 13 semanas se le impondrá de veinte a cincuenta días de trabajo en favor de la comunidad o de doscientos a setecientos días de multa. 

Al respecto, se pronunció el diputado local por el Partido Revolucionario Institucional(PRI), Luis Javier de la Rocha en contra del dictamen pues señaló que Sinaloa no cuenta con las instancias para atender a una mujer que desee abortar.

“Vamos acompañarlas, vamos abrazándolas, que tengan políticas públicas en el estado de Sinaloa para beneficiarlas en todo el proceso, que no se sientan solas, yo he visto mujeres violadas, las he visto personalmente y sé cuál es el daño que ha causado la decisión del aborto”, dijo.

Giovanna Morachis Paperini, diputada local por el Partido Acción Nacional (PAN), también habló en contra del dictamen, pues resaltó que no es un asunto de derechos, sino que es un asunto que se vea desde donde empieza la vida.

“El humanismo desde la concepción hasta la muerte para Acción Nacional es primordial, es la vida”, enfatizó.

Por su parte, la diputada local por Morena, Juana Minerva Vázquez González expresó su postura a favor del dictamen, destacando que las mujeres durante años han mantenido su lucha para que se respeten y hagan valer sus derechos. 

“En esta soberanía queremos ampliar el ámbito de los derechos humanos a través del reconocimiento de las mujeres sinaloenses a decidir libremente”, expresó. 

Finalmente, el diputado local sin partido, Adolfo Beltrán Corrales celebró que la iniciativa que presentó para brindar acompañamiento psicológico antes y después de abortar una mujer o persona gestante haya sido incluido en el dictamen. 

Otros aspectos contemplados en el dictamen establecen que comete el delito de interrupción forzada del embarazo, la persona que mediante cualquier medio y en cualquier momento produzca o practique la finalización anticipada del proceso de gestación a la mujer o persona gestante sin su consentimiento. El delito de interrupción forzada del embarazo podrá ser sancionado en grado de tentativa”.

Para ello, al responsable del delito de interrupción forzada del embarazo se le impondrán de dos a ocho años de prisión, y si además se produce la pérdida de la aptitud o capacidad reproductiva de la víctima, o bien se emplea engaño, violencia física o moral, se impondrán de tres a nueve años de prisión.

Si el delito de interrupción forzada del embarazo fuese causado por profesionales de la medicina o la enfermería, además de las sanciones que les correspondan serán suspendidos de dos a cinco años en el ejercicio de su profesión.

Las y los médicos tendrán derecho a objeción de conciencia, es decir, quienes por cuestiones morales o personales decidan no practicar la interrupción, podrán hacerlo.

No obstante, las instituciones públicas de salud están obligadas a garantizar la oportuna prestación de los servicios y la permanente disponibilidad de personal médico y de enfermería suficiente de carácter no objetor para asegurar que se preste la atención médica en la mejor de las condiciones posibles.

El dictamen también resalta que se consideran causas excluyentes de responsabilidad penal cuando el embarazo sea consecuencia de una violación o de inseminación artificial indebida, independientemente de que exista, o no, causa penal sobre estos delitos.

Cabe mencionar que en la discusión del dictamen en lo particular se interpuso una reserva por parte del Partido Sinaloense con el objetivo de disminuir de 13 a 12 semanas el tiempo límite para la interrupción legal del embarazo, sin embargo, fue rechazada por parte de las comisiones dictaminadoras.

Fuente: Internet

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