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Los puertos de Mazatlán y Topolobampo ¡ya son de la Secretaría de Marina!

El acuerdo de la Presidencia de la República por el que se agrupan las entidades paraestatales al sector coordinado por la Secretaría de Marina, fue publicado y entra en vigor este 9 de junio luego de publicarse en el Diario Oficial de la Federación

| Internet

México.- Luego de firmarse el traspaso en el que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes -SCT- entregó por seguridad nacional, la Coordinación General de Puertos y Marina Mercante a la Secretaría de Marina -Semar- este 9 de junio entra en vigor la disposición oficializada desde la noche del martes en el Diario Oficial de la Federación.

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El documento enviado por el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, indica que el artículo 48 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal faculta al Ejecutivo Federal para agrupar por sectores definidos a las entidades paraestatales, considerando su objeto en relación con la esfera de competencia que las leyes confieren a las Secretarías de Estado, y que por el objeto de las referidas entidades paraestatales y su vinculación con las facultades otorgadas a la Secretaría de Marina en la fracción XIV Ter del artículo 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, referentes a la administración de los puertos centralizados y coordinar los de la administración paraestatal; es necesario que queden agrupadas en el sector coordinado por dicha dependencia, de la siguiente forma: 

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Quedan agrupadas al sector coordinado por la Secretaría de Marina, las entidades paraestatales que se enlistan a continuación

I.        Administración Portuaria Integral de Altamira, S.A. de C.V.;
II.       Administración Portuaria Integral de Dos Bocas, S.A. de C.V.;
III.      Administración Portuaria Integral de Ensenada, S.A. de C.V.;
IV.      Administración Portuaria Integral de Guaymas, S.A. de C.V.;
V.       Administración Portuaria Integral de Lázaro Cárdenas, S.A. de C.V.;
VI.      Administración Portuaria Integral de Manzanillo, S.A. de C.V.;
VII.     Administración Portuaria Integral de Mazatlán, S.A. de C.V.
VIII.    Administración Portuaria Integral de Progreso, S.A. de C.V.;
IX.      Administración Portuaria Integral de Puerto Madero, S.A. de C.V.;
X.       Administración Portuaria Integral de Puerto Vallarta, S.A. de C.V.;
XI.      Administración Portuaria Integral de Tampico, S.A. de C.V.;
XII.     Administración Portuaria Integral de Topolobampo, S.A. de C.V.
XIII.    Administración Portuaria Integral de Tuxpan, S.A. de C.V., y
XIV.    Administración Portuaria Integral de Veracruz, S.A. de C.V.

https://twitter.com/SEMAR_mx/status/1401982565532246020

Tras ser publicado la tarde del martes en el Diario Oficial de la Federación, y que indicaba que el acuerdo entrará en vigor al día siguiente, es este 9 de junio cuando ya aplica. Entra aquí para conocerlo a detalle

Detalla además que  las entidades paraestatales que se mencionan en el numeral ÚNICO del Presente Acuerdo, dentro del término de noventa días naturales siguientes a la entrada en vigor de este instrumento, realizarán las adecuaciones correspondientes a sus estatutos sociales, respecto a la integración de los miembros de los Consejos de Administración en términos de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y su Reglamento.

Fuente: Internet

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Alma Rosa Aguirre Lugo

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