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CEDH emite medidas cautelares por violencia en Badiraguato

La Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Sinaloa (CEDH) condena los hechos de violencia ocurridos en fecha reciente en el municipio de Badiraguato

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Culiacán, Sin.-  La
Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Sinaloa (CEDH) condena los hechos
de violencia ocurridos en fecha reciente en el municipio de Badiraguato,emitiendo medidas cautelares dirigidas a las
autoridades municipales y estatales, a fin de garantizar los derechos humanos
de más de 200 familias de las comunidades de Arroyo Seco, La Palma y La Tuna,
que abandonaron sus
hogares por el temor a los actos delictivos.
El Ombudsman en Sinaloa, José Carlos Álvarez
Ortega, hace un llamado a las autoridades competentes a fin de que intervengan
de manera inmediata a salvaguardar, promover y defender los derechos humanos de
los habitantes de la zona serrana del Estado y atiendan las consideraciones y
propuestas planteadas por esta CEDH en la Recomendación General No. 10 ?Informe
Especial sobre los Desplazamientos Internos de Personas en Sinaloa?, así como
el ?Informe Especial sobre Desplazamiento Forzado Interno (DFI) en México?.La CEDH Sinaloa dio a conocer en un comunicado,
las medidas cautelares o precautorias a las autoridades municipales y estatales
involucradas en la problemática, con la
finalidad de que con la debida coordinación entre los diferentes órdenes de
gobierno se proteja y garantice los derechos de las personas desplazadas y se
facilite su acceso a programas sociales en materia de alimentación, salud,
educación, vivienda, agua y saneamiento.?Es necesaria la intervención e implementación
de acciones urgentes para proteger los derechos humanos de aquellas personas
víctimas de actos violentos que ocasionan que tengan que dejar sus hogares y
emigrar en busca de un lugar seguro para vivir?.
MEDIDAS CAUTELARES
1.   Que se implementen las medidas necesarias para que
se garantice la seguridad y bienestar de las personas desplazadas por dichos
hechos, así como de los demás habitantes de ese municipio;
 
2.   Que se implementen las medidas necesarias a fin de
garantizar la atención a la salud, alimentación, educación, resguardo,
protección y demás derechos indispensables a la dignidad de las personas
desplazadas de esos lugares con motivo de la violencia.
 
3.   Que se disponga del equipo material y humano
suficiente para atender con prontitud, respeto y eficacia las contingencias que
resulten de los hechos violentos ocurridos en el municipio;
 
4.   Que toda diligencia o actuación que sea practicada
por personal municipal, sea con apego a la legalidad y respeto a los derechos
humanos; 
 
5.   Que se levante un censo de todas las personas
afectadas por estos hechos clasificándolos por sexo, edad, niños y adultos
mayores, para su debido control y seguimiento.
 
6.   Que se les proporcione a todas las personas
afectadas información oportuna de la situación real de violencia que impera en
sus comunidades.
 
7.    Que se garantice el respeto a los derechos
patrimoniales y/o bienes materiales de las personas y no se causen daños a los
mismos.
 ARG

Fuente: Internet

Fotografía de perfil de Liz Douret

Liz Douret

Editor de Contenidos

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