Los Mochis, Sinaloa. – El cabildo en pleno del Ayuntamiento de Ahome aprobó por unanimidad el reglamento para la regulación, portación y uso de armas blancas en la vía pública y espacios públicos, proyecto impulsado por la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.
Su aprobación era necesaria debido a los antecedentes de agresiones con este tipo de armas blancas en comunidades durante fiestas, y recientemente en la realización de los tradicionales contis (kontis, en lengua Mayo-Yoreme).
Este jueves 26 de marzo de 2026 la regidora presidenta de la Comisión de Seguridad Pública, Yeniva Gámez López, dio lectura al dictamen, en el cual participó la Comisión de Agricultura y Ganadería.
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“Comete infracción administrativa la persona que sin causa justificada porte, transporte, exhiba o tenga al alcance inmediato en la vía pública o en lugares públicos, machete, hacha, cuchillo, navaja, y/u otro instrumento punzocortante”.

Yeniva Gámez López, regidora presidenta de la Comisión de Seguridad Pública en Ahome | Foto: Cortesía
Para aplicar la sanción administrativa, la hoja de los objetos punzocortantes debe rebasar los 10 centímetros de longitud o de características semejantes que propicie lesiones graves.
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¿Cómo se clasifica la sanción administrativa en el reglamento de uso de machete en Ahome?
A) Cuando la portación o transporte se realice sin causa justificada, pero el objeto se encuentre cubierto, sin exhibición intimidatoria y fuera de los supuestos previstos, aplicándose una amonestación verbal como medida preventiva.
B) Cuando sin causa justificada la portación y transporte se realice en parques, plaza, jardines, unidades deportivas, centros de esparcimiento, establecimientos abiertos al público, en reuniones o eventos con concurrencia de personas o cuando el objeto se porte visible o accesible, en mano o al cinto sin funda.
C) Cuando sin causa justificada cualquiera de las conductas descritas se realice bajo el influjo de bebidas alcohólicas o sustancias psicotrópicas, estupefacientes o análogas apreciables mediante dictamen médico o signos evidentes asentados en el informe policial homologado en el acta administrativa.
¿A cuánto equivalen las multas de la sanción administrativa por la portación de machete?
– Si la conducta es por la clasificación A equivale a una multa de 1 a 20 UMAS, arresto de 12 a 20 horas, o trabajos a favor de la comunidad de 24 a 36 horas.
– Si la conducta se clasifica en B: la sanción es de 5 hasta 40 UMAS, arresto de 24 a 40 horas o trabajo comunitario.
– En pesos y centavos equivale desde 586 pesos hasta 7 mil 030 pesos, dependiendo de la clasificación que determine el juez.