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LEGISLATIVO

Avanza iniciativa en el Congreso que propone expedir la Ley de Regularización de los Predios Urbanos

Esta ley es con la finalidad de establecer las bases, supuestos y procedimientos a que deberá sujetarse la regularización de la propiedad de predios urbanos y construcciones dedicadas a casa-habitación

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Lectura en el Congreso de iniciativa que busca expedir la Ley de Regularización de los Predios Urbanos | Foto: Beatriz Piña

Culiacán, Sin.- Durante la sesión ordinaria de este martes, en el pleno del Congreso del Estado se dio la primera lectura a una iniciativa que propone expedir la Ley de Regularización de los Predios Urbanos del Estado de Sinaloa.

Habiéndose dado primera lectura a la iniciativa, fue turnada por el presidente de la Mesa Directiva, diputado Ricardo Madrid Pérez para la segunda de ley.

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En esta iniciativa leída, el ciudadano Alejandro Camacho Mendoza propone expedir la Ley de Regularización de los Predios Urbanos del Estado de Sinaloa con la finalidad de establecer las bases, supuestos y procedimientos a que deberá sujetarse la regularización de la propiedad de predios urbanos y construcciones dedicadas a casa-habitación.

Lo anterior contempla la regularización cuando la posesión sea ejercida por personas físicas en concepto de propietario, por más de cinco años, en forma pacífica, continua, pública y de buena fe.

El iniciador expone en la fundamentación de la iniciativa que el derecho a la vivienda digna es parte de los derechos humanos que la Constitución Mexicana reconoce a todas las personas.

Precisa que en julio de 2019 se celebró en Mazatlán el Foro de Vivienda en diferentes mesas de trabajo, resultando en la mesa de viviendas irregulares un total de 42,685 propiedades ocupadas por familias mazatlecas que no cuentan con títulos inscritos en el Registro Público de la Propiedad.

En los casos antes mencionados la posesión data de más de cinco años, en calidad de propietarios de forma pacífica, continua, pública y de buena fe.

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En la exposición precisa que para regularizar la propiedad de su vivienda dichas familias, cuentan con el derecho de adquirir por prescripción positiva mediante el juicio correspondiente ante un juzgado de primera instancia del ramo civil.

Sin embargo, advierte que dicho juicio les representa un gasto de 50 mil a 120 mil pesos que no están en condiciones de cubrir, con el riesgo de que no prospere por los criterios que se manejan en los tribunales para considerar acreditada la posesión originaria en calidad de propietario.

Por lo anterior, se propone la creación de la Ley de Regularización de Predios Urbanos del Estado de Sinaloa que contempla un procedimiento administrativo y no judicial, que facilite la prescripción adquisitiva y beneficie a las familias de escasos recursos.

El documento reconoce que ya existe en el Estado, la Ley de Regularización de Predios Rústicos del Estado de Sinaloa vigente desde 2000 y ha funcionado y servido a ciudadanos que han adquirido grandes porciones de terrenos y los han regularizado con la participación de notarios públicos apoyados en dicha ley.

Asimismo, la iniciativa contempla, igual que en la Ley de Regularización de Predios Rústicos en el artículo 11, que en caso de que durante el procedimiento administrativo se presentare cualquier interesado a reclamar algún derecho sobre el predio en cuestión, se suspenderá de plano todo trámite.

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De esta manera quedarán a salvo sus derechos para que los haga valer en la vía y términos que establece la legislación civil en el estado.

Puntualiza que mayor protección establece el artículo 14 del proyecto, para el caso de que haya testimonio inscrito en el Registro Público de la Propiedad, para quién crea tener derecho sobre el predio correspondiente, a acudir ante el juez competente a demandar lo que a su derecho convenga, dentro de los cinco años siguientes a dicha inscripción.

Finalmente, el proyecto contempla que para cumplir con esta función de regularización, se faculte a la Comisión de Vivienda del Estado, a los ayuntamientos y a los notarios públicos del lugar en que se encuentre ubicado el predio en cuestión, con los que se haya hecho convenio en los términos dispuestos en el artículo 16 del proyecto de ley.

Fuente: Línea Directa

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Beatriz Piña

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