Culiacán, Sinaloa. En el Congreso de Sinaloa avanzó una iniciativa que busca tipificar el acecho como delito y conducta contra la paz y la seguridad de las personas.
Este sábado 9 de mayo de 2026 se informó que dicha propuesta también se propone imponer prisión de 6 meses a 2 años y multa de hasta 500 UMAS a quien cometa el delito previsto.
Asimismo, se plantea que incrementarán al doble estas penas si para la comisión del delito, el sujeto activo menoscaba de forma significativa el estilo de vida y la seguridad de la víctima; realice conductas que atenten o causen daño a la integridad física o psicológica de la víctima o su patrimonio, de otra persona o personas con quien aquella mantenga lazos de parentesco o vínculos afectivo; cuando ingrese sin autorización al domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro espacio donde se encuentre la víctima o de alguna de las personas citadas en la fracción II de este artículo, o sea frecuentado por cualquiera de estas.
También se aumentará la pena cuando se emplee un arma en la ejecución de la conducta, y cuando cometa por sí mismo o por interpósita persona un acto de vandalismo en perjuicio de bienes muebles o inmuebles propiedad de la víctima o de alguna de las personas citadas en la fracción II de este artículo, en sus lugares de vivienda, trabajo, estudio o convivencia, entre otras propuestas.
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Dicha iniciativa ya ha avanzado en el Congreso de Sinaloa debido a que ya se le ha dado primera lectura y ha sido turnada para la segunda de ley.
Es impulsada por la diputada Nancy Yadira Santiago Marcos, de Morena, que propone adicionar el capítulo IV denominado Acecho al título quinto, denominado Delitos contra la paz y la seguridad de las personas, de la sección primera de la parte especial del Libro Segundo, y el artículo 175 Bis I, todos del Código Penal para el Estado de Sinaloa, en materia de adicionar el delito de acecho al Código Penal como conducta contra la paz y la seguridad de las personas.
El artículo 175 Bis I que se propone adicionar, establece que comete el delito de acecho, quien por cualquier medio aceche, asedie o acose a una persona, de tal forma que ocasione limitación a su libertad de actuar o tomar decisiones, temor o angustia de sufrir un daño en su persona, familia, o patrimonio.
Se indica también que para efectos de este delito, se podrá manifestar en una sola ocasión o de manera reiterada, conforme a las siguientes definiciones:
Acecho: comportamiento caracterizado por el seguimiento o vigilancia ilegal de una persona.
Asedio: comportamiento caracterizado por un ataque persistente o presión constante a una persona.
Acoso: comportamiento caracterizado por conductas agraviantes verbales, físicas o psicológicas a una persona.
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¿Cuál es el proceso legislativo de una iniciativa en el Congreso de Sinaloa?
El proceso legislativo de una iniciativa en el Congreso del Estado de Sinaloa inicia con su presentación ante el Pleno, luego se turna a comisiones para su análisis y elaboración de un dictamen; posteriormente se discute y vota por los diputados, y si es aprobada se envía al Poder Ejecutivo para su promulgación y publicación en el Periódico Oficial del Estado, momento en que entra en vigor.
¿De qué se encarga el Congreso de Sinaloa?
El Congreso del Estado de Sinaloa se encarga de crear, reformar y aprobar leyes que regulan la vida pública en el estado, además, supervisa el uso de los recursos públicos, aprueba el presupuesto estatal, fiscaliza a las instituciones de gobierno, y representa los intereses de la ciudadanía a través de sus diputados.