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CONGRESO DEL ESTADO

Aprueban restringir música que enaltezca actividades ilícitas en escuelas y el transporte en Sinaloa

El dictamen fue aprobado por unanimidad con 34 votos a favor de los diputados de la Sexagésima Quinta Legislatura

Interior de una sesión en el Congreso del Estado
El objetivo de este dictamen es proteger el desarrollo integral de niños y adolescentes | Foto: Cortesía

Culiacán, Sin. Por unanimidad, con 34 fotos a favor, en el pleno del Congreso de Sinaloa los diputados aprobaron en la sesión de este jueves 11 de junio de 2026 un dictamen que establece la restricción específica a la difusión de música con contenido que enaltezca actividades ilícitas o de la violencia, en espacios públicos sensibles como planteles educativos y el transporte público.

Lo anterior, con el propósito de proteger el desarrollo integral de niños y adolescentes y en general de todas las personas, y contribuir a la prevención de la violencia y a la promoción de una cultura de paz y legalidad garantizando el interés superior de la niñez.

Diputada discute dictamen que restringe música que enaltezcan actividades ilícitas

Durante la aprobación del dictamen que propone reformas y adiciones a la Ley de Educación, Ley de Gobierno Municipal, Ley de Movilidad Sustentable y Seguridad Vial, y Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, todas de Sinaloa, la diputada local por Morena y presidenta de la Comisión de Cultura y Artes, Sthefany Rea Reátiga, subrayó que el estado no puede ser neutral cuando se trata de proteger a los niños y adolescentes.

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Enfatizó que este dictamen tiene una dimensión pedagógica, pues busca que los espacios públicos regulados por el estado sean congruentes con valores que promueven la paz.

“Este dictamen tiene una dimensión pedagógica, busca que los espacios públicos regulados por el estado sean congruentes con valores que promueven nuestra constitución política, la paz, la legalidad, el respeto y el interés superior de la niñez, porque no tendría sentido enseñar en las aulas el respeto a la ley mientras se normalizan mensajes que presentan la ilegalidad como una alternativa deseable para alcanzar prestigio”.

Prohibición en escuelas de Sinaloa alcanza música que glorifique delitos

La Ley de Educación para el Estado de Sinaloa establece prohibir la reproducción, difusión o realización de contenidos que enaltezcan actividades ilícitas o a personas vinculadas a ellas, por cualquier medio, en los espacios de las instituciones de educación básica y media superior.

En ese sentido, también se reforma la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa, para establecer en la reglamentación interna medidas tendentes a erradicar en la presentación de espectáculos públicos, artísticos o similares, la interpretación y/o reproducción de contenidos musicales, videos, imágenes o cualquier otro similar que promuevan la cultura de la violencia o hagan apología del delito o de autores de hechos ilícitos.

Además, se modifica la Ley de Movilidad Sustentable y Seguridad Vial del Estado de Sinaloa para que quede prohibido a los conductores durante la prestación del servicio reproducir música o contenidos audiovisuales que promuevan la cultura de la violencia, hagan apología del delito o enaltezcan a personas vinculadas con actividades ilícitas.

Con ello, no se permitirá a los conductores durante la prestación del servicio la reproducción de música o contenidos audiovisuales que promuevan la cultura de la violencia, hagan apología del delito o enaltezcan a personas vinculadas con actividades ilícitas.

Por último, se adiciona la fracción X al artículo 42 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Sinaloa, para establecer como obligación de las autoridades estatales y municipales para prevenir, atender y sancionar los casos en que niñas, niños o adolescentes se vean afectados por lo siguiente: contenidos en los medios de comunicación y redes sociales que afecten o impidan objetivamente el desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes, o que hagan apología del delito, en contravención al principio de interés superior de la niñez.

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Plazo para transitar en la restricción de música que enaltezcan violencia

Se propone en su régimen transitorio la entrada en vigor del decreto, el cual será a partir del día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa”. El plazo es de 90 días para que el Ejecutivo del Estado realice las adecuaciones pertinentes a las disposiciones reglamentarias correspondientes, así como la derogación de todas las disposiciones que se opongan al decreto.

El dictamen no pretende atentar contra la libertad artística o de expresión, sino equilibrarla con el deber del Estado de proteger el interés superior de la niñez, el derecho colectivo a vivir en paz y la promoción de una cultura de legalidad.

Fuente: Línea Directa

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Beatriz Piña

FotógrafoReportero

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