Guasave, Sinaloa. Con la llegada del cierre de año miles de trabajadores comienzan a planear cómo utilizarán su aguinaldo 2025, un ingreso esperado que cada diciembre se convierte en un soporte financiero importante para enfrentar gastos personales, compras navideñas o pagos pendientes. Sin embargo, antes de destinar este recurso, es fundamental considerar que no todo el monto será recibido íntegro, pues una parte puede estar sujeta al impuesto sobre la renta (ISR), dependiendo del total entregado y del salario individual.
Aunque el aguinaldo es una prestación obligatoria establecida en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, y debe pagarse antes del 20 de diciembre de 2025, también se encuentra regulado por la ley del impuesto sobre la renta, la cual determina un límite específico de exención. Esto significa que si el monto recibido supera dicho tope, el trabajador deberá cubrir el impuesto correspondiente sobre el excedente.
Para 2025 el Servicio de Administración Tributaria fijó la exención del aguinaldo en 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Con una UMA vigente de 113.14 pesos diarios, el límite exento asciende a 3 mil 394.20 pesos. Este tope aplica para todos los trabajadores formales, sin importar edad, género o tipo de contrato, siempre que sean residentes fiscales en México y reciban ingresos por salarios o asimilados.
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En consecuencia, únicamente la parte del aguinaldo que rebase los 3 mil 394.20 pesos será gravada con ISR. Así, si un trabajador obtiene un aguinaldo de 4 mil 500 pesos, los primeros 3 mil 394.20 quedan libres de impuestos, mientras que los mil 105.80 pesos restantes deben declararse. La cantidad de ISR que finalmente se retenga dependerá del nivel de ingresos del trabajador, ya que el excedente se suma a sus percepciones mensuales para aplicar la tarifa progresiva establecida por el SAT.
Un ejemplo común es el de un trabajador que gana 8 mil 500 pesos mensuales y recibe un aguinaldo de 4 mil 250 pesos —equivalente a los 15 días mínimos que marca la ley—. En este caso, 3 mil 394.20 pesos estarán exentos y únicamente 855.80 pesos serán gravados. El empleador es quien debe calcular y retener el impuesto correspondiente, reflejándolo directamente en el recibo de nómina del trabajador.
Es importante que los empleados consideren estos factores al momento de proyectar sus gastos de fin de año. Aunque el aguinaldo representa un ingreso significativo, no debe perderse de vista que el monto final puede variar según la cantidad otorgada y el nivel de ingresos mensual. Además, si el patrón otorga más días de aguinaldo que los 15 estipulados por la ley, el excedente puede aumentar el total de descuento.
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La recomendación para quienes desean planear con precisión es revisar con anticipación sus percepciones, consultar las tablas del SAT y solicitar a su área de recursos humanos un estimado del monto neto que recibirán. Con información clara y oportuna, los trabajadores pueden organizar mejor sus finanzas, evitar sorpresas en su recibo y aprovechar de manera adecuada esta prestación anual.
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¿Cuándo se paga el aguinaldo?
De acuerdo con el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) las personas trabajadoras tienen derecho a recibir una cantidad de dinero equivalente, como mínimo a 15 días de salario, a la cual se le denomina aguinaldo. Además, precisa que el empleador tiene como fecha límite de pago el 20 de diciembre del 2025.
¿Cómo se calcula el aguinaldo?
Para calcular el aguinaldo primero se obtiene el salario diario dividiendo el sueldo mensual entre 30. Luego, ese resultado se multiplica por los días de aguinaldo que te corresponden (mínimo 15 días por ley). Si no trabajaste el año completo, se calcula de forma proporcional al tiempo trabajado.